ACUERDO DE 17 DE FEBRERO DE 1997, de la Comision permanente del Consejo general del Poder judicial, por el que se ordena la Publicacion del Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal supremo, que aprueba el Funcionamiento en la Sala cuarta del Tribunal supremo de Una seccion de Admisiones.

MarginalBOE-A-1997-4201
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejo General del Poder Judicial
Rango de LeyAcuerdo

De conformidad con lo establecido en los artículos 159.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 27 del Reglamento 5/1995, de 7 de junio, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales y 12.6 del Reglamento 4/1995, de 7 de junio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, en sesión celebrada el día 23 de enero de 1997, y que es del siguiente tenor: Se aprueba el funcionamiento en la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de una Sección de Admisiones, en los siguientes términos:

En aplicación de lo dispuesto en las Leyes procesales, la Sala de Gobierno de este Tribunal Supremo, en sus sesiones de los días 18 de noviembre y 3 y 12 de diciembre del pasado año, aprobó las normas de reparto y de turnos de su Sala Cuarta, que actúa integrada por tres o por cinco Magistrados, según los casos, o por la totalidad de los que la componen para decidir la cuestión debatida (artículo 197 de la LOPJ).

En la Sala Cuarta, la gran mayoría de los recursos que en ella ingresan y se resuelven son de casación para la unificación de doctrina. La conveniencia y hasta la necesidad de apoyar al máximo al Magistrado ponente en sus tareas de examen e información sobre la admisión o no de estos recursos ha movido a la Sala de Gobierno, en su sesión celebrada el día 23 de enero actual, a aprobar los criterios que se han propuesto sobre la composición y funcionamiento de la Sección de Admisiones de los recursos de unificación de doctrina; función ésta de admisión prevista por la Ley procesal laboral y que ha merecido a la Sala de Gobierno hacer suyos los criterios propuestos tendentes a robustecer dicha Sección.

Los referidos criterios de reparto y de turnos, aprobados el pasado día 23 de enero, se resumen así:

Primero.-La Sección de Admisión estará compuesta por tres Magistrados, el ponente y otros dos. La Sección se reunirá un día fijo cada semana y a ella llevará el ponente el análisis de la admisión que proponga y las razones en que se apoye.

Segundo.-Al no...

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