Real Decreto 2708/1978, de 27 de octubre, por el que se modifica la plantilla de la Sección de Mozos de Escuadra de la Diputación Provincial de Barcelona y se reconoce a su personal el derecho a licencia de armas.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Diciembre de 1978
MarginalBOE-A-1978-28585
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyReal Decreto
B.
O.
deIE.-Núm.
274
16
noviembre
1976
,26071
211585
Décimo.-Un&
.vez terJlÚDado
el
plazo
de
presentación
de
instancias
se.
publicará
en
los locales citados en eJ
Qúmero
•.
-
una
lísta
de
admiüdm,
a
m:amen
v
otra
(1e
los
exclUidos
dando
a
estos
ultimos
un
plazo
de
qUInce
dtas
pera
que
subsaDen
las
deficiencias
existentes
en
cada
caso. .
Madrid,
2s'
de
octubre
de
1978.-=-El
Director.
general,
Fer·
n.ando
del,
Cafto
Escudero.
MINISTERIO DEL INTERIOR
REAL
DECRETO
270811978,
de
Zl
de
octUbre,
por
el
que
S8
modifica
la
plantilla
de
la
Sección de
Mo-
zos de
~scuadra
de
la
Diputación
de
-Barcelona y
8e
-reconoce
es
_
8U
personal
el
derecho altcencta
de
armas.
El
Decreto
de
veintiuno
de
Julio
de
mil
novecientos
.cincuen'-
tao
por
el
que
se
organiza
la
Sección
de
Mozos de.
Escuadra
de-'
la
Diputación
de.
Barcelona,
fija
a
la
misma
una
plantilla
pos·
teriormente
modIficada
por
el
Decreto
de
veinte
de
abril
de
mil
novecientos
cincuenta
y
uno,
que
aprueba
su
Reglamento,
y
por
los
Decretos
nÍlIlleros
doscientos
'setenta
y
siete
:y
dos-
cientos
setenta
yocho,
ambos
de
dieciséis
de
febrero
de
mil
novecientos
sesenta
yuno,
En
el'
momento
actual,
la
composicIón
de
la
Secci6n
es
in·
suliciente
para
atender
los
'servicios
que
tiene
encomendados
por
lo
que
se
considera
oportuno
aumentar
la
plantilla
vigente
del
expresado
Cuerpo,
modificando
de
nuevo
a
tal
efecto
el
Decreto
de
creación
yel
Reglamento
del
mismo.
Por
otra
parte,
habida
cuenta
de
!a
naturaleza
del
Cuerpo.
Iesulta
procedente
inel
uir
a
su
personal
en
la
regulación
de
los
articulos
ochenta
y
siete'
y
siguientes
del
Reglamento
de
'Armas
yExplosivos
de
veintisiete
de
diciembre
de
mil
novecientos
cua·,
,
renta
y
cuatro,
reconociéndole'
el
derecho
a
licencia
de
arma
corta
de
fuego,
tipo
E.
En
su
vinud,
a
propues~
del
Ministro
del
roterior
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Minlstr-os
en
su
reuni6n
del
día
veintisiete
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta
yocho.
DISPONGO.
Articulo
primero.-EI
articulo
cuarto
del
Decreto
de
velntl·
uno
de
julio
de
~l
novecientos
cincuenta
queda
redactado
como
sigue:
«Articulo
cuarto.-Integrarán
la
Sección
de
Mozos
de
Escua·
dra
_un
Capitán~Jefe,
dos
Tenientes
'Y
cien
números,
incluidos
los
correspondientes
Mandos
Subalternos
.•
Artículo·
segundo.-El
articulo
segundo
del
Decreto
de
veinte
de
abril
de
mil
novecientos
cincuenta
y
uno.
que
aprueba
el
Reglamento
de
la
Secci6n
de
Mozos
de
Escuadra,
queda
reda~
tado
como
sigue:
-Articulo
segundo.-La
planülla
de
la
Sección·
de
Mozos
de
Escuadra
8e
estructura
en
la
forma
siguiente:
Un
Capitán-Jefe,
dos
Tenientes,
ocho· Mozos
de
Primera
(Sargentos),
dieciocho
Mozos
de
Segunda
(Cabos) &atenta y
cuatro
Mozos
de
Tercera._
Articulo
tereero.-El
personal
de
la
Secci6n
de
Mozos
de
Es·
cuadra
de
la
Diputación
de
Barcelona
se
considerará
incluido
en
la
regulación
del
articulo
ochenta
y
siete
y
siguientes
del
Re~
glamento·
de
Armas
yExplosivos,
de
veintisiete·
de
diciembre
de
mil
novecientos
cUarenta
'Y
cuatro.
y
en
consecuencia
tendrá
derecho
a
disfrutar
de
licencia
de
arma
corta
de
fuego,
tipo
E.
sirviéndole
de
licencia
y
de
permiso
de
armas
el
carné
atar·
jeta
deidenttdad
profesiondl.
Las
correspondientes
guias
de
pertenencJa
de
las
armas
que
posea
dicho
personal
serán
expe-
didas
por
la
Dirección
Ceneral
de
la
Guardia
'Civil. .
,
Dado
en
Madrid
a
veJntlsiete
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta·
yocho.
JUAN
CARLOS
El
Ministro
del
Interior,
RQDOLFO
MARl'lN
VILLA
,
-PalIamos: Que
rechazando
las'
causas
de
inadmisibllidad
adUCIdas
por
la
Abogacía
del
Estado,
desestimamos
el
recurso
f
conten,::ioso-a:dminlsrativo
interpuesto
por
la
representación
de
don
Porfirio
Suárez
González,
y
demás
recurrentes
que
figuran
en
el
encabezamiento
de
la
presente
resolución,
contra
la
Or-
den
de
30
de
jullo
de
1873,
que
aprobó
el
proyecto
de
expropie,...
ciótl y
señaló
los
Justiprecios
e
indemnizaciones
correspondien·
tes
al
poligono
..
Industrial
de
León-, y
desestimación
expresa
presunta
de
los recurso&-
de
reposici6n
formulados
ante
.el
Mi·
Disterio
de
la
Vivienda.
actos
administrativos
que
declaramos
válidos
,
subsistentes.
a100
6-parecer oonirariOS &
derecho.
.absolviendo
a
la
Admini$tración
de
la
demanda.
sin
especial
imposIcIón.de
costas.
As!
por
esta
nuestra
sentencia,
que
se
pubUca.m.
en
el
"So·
letin
Oficial
del
Estado"
Insertará
en
1&
"Colección
Legts.
laUva"
~
lo
pronunciamos,
mandamos
y
fírmaln08,·
ORDEN
de
9
de
junio
de 1978
por
la
que
Be
dís-
.pone
el
cumplimiento
~
la
.ent8n"kl
dictada
Dor
el
Tribunal
Su.premo
en
el
recurso
cOntenciosO~ad~
minr.strtivo
interpuesto
por
don
Porfirto
Sudrez
Gon.
zález,
contra
la
Orden
ministerial
de
20
de
diciem·
bre
de
1973.
Dmo,
Sr.:
En
reGurso
contencioso-administra~vo
seguido.
en
única
instancia
ante
la
Sala
Quinta
del
Tribunal
Supremo,
inte~
puesto
por
.don
Porfirio
Suárez
González,
demandante,
la
Admi·
nistración
General,
demanoada,
contra
la
Orden
ministeríal
dE
20
de
diciembre
de
19-73,
aprobatoria
del
justiprecio
de
las
par·
celas
del
pol1gono ",Industrial
de
León.,
se
ha
dictado
-con
fecha
de
1
de
marzo-
de
1978
sentencia,
cuya
parte
dispositiva
e1
como
sigue:
En·
BU
virtud.
este
Ministerlo-~&
tenido
a
bien
disponer
se
cumpla
en
sus
propios
términos
la
referida
sentencia,
publi-
cándose
el -Aludidvfa.llo
en
el
",Boletín Oficial
del
Estados,
todo
ello
en
cumplimiento
de
lo
prevenido
eQ:
la
Ley
de
27
de.
diciembre
ae
1956.
Lo
que
comunico
a
V.
l.
a
lo
efectos
oportunos.
Dios
guarde
a
.y.
l.
Madrid,
..
de
lunio
de
t-978.-P. D
.•
el
Subsecretario
de
Orde-
nación
del
Terntorio
y
Medio
Ambiente,
Eduardo
Merig6
Gen·
zAlaz.
Ilmo.
Sr.
Di.rector-Gerente
del
Instituto
Nacional
5'-e
UrbanL
zaci6n.
DE OBRAS
URBANISMO
MINISTERIO.
PUBLICAS
Y
ORDEN
de
9de
junio
de
1978,
por
la
que
.e
dupo-
R~
el
cumpltmiento
de
la
sentencia
dictada
por
.1
Trtbunal
Supremo
en
el
recurso contenci080-adm¡·
mstrativo
interpuesto
por
don
19na.ck>
Basullcu Rf-
baso
contra
la
Orden
ministerial
de
17
de
julio
ele 1988.
llml:?
Sr.: En
recurso
contencioso-dm.inistraUvo seguido en
única
mstancia
ante
la'
Sala
Quinta
del
Tribunal
Supremo.
in-
terpuesto
por
don
Ignacio
Ba:sullas &ibas
demandante
la
Ad-
ministración
General,
demandade..
contra'
la
Orden
ministerial
28587
de
17
de
julio
dE
1968,
at>robatoria
del
justiprecio
de
la
parcela
número
36:,
del
polígono
_La
Balconada
...
se
ha
dictado
con
fecha
18
de
enero.
de
1918,
sentencia,
cuya
parte
disposiUve.
es
como
sigue:
28586
,",Fallamos:
Que
estimando
el
recurso
contencioso-admtmstra-,
Uva
interpuesto
por
don
Ignacio· Basullas Ribas
contra
las
resolucionés
del
Minjstro
de
la
Vivienda
de
fechas
'diecisiete
de
julio
~e
mil'
novecientos
setenta
y
ocho
y
treinta
denoviemDre
de
mil
novecientos
setenta
y
dos,
declaramos
la
nulidad
de
dichas
resoluciones,
en
cuanto
al
señalamiento
del
factor
ca1&-
goría.7
grado
C.l. par¡l el
calculo
del
lustiprecio
correspondiente
a
la
fiDca
expropIada
al
actor,
parcela
número
treinta
y
seis
del
polígono
"La
Balconada"-
término
municipal
de
Manresa
tBar·
celana)" c,uyo
f.&.C1Q1
ha
de
ser
sustituido
por
el
de
~2;
y
que
l~
Adlll1mstracIOn
debe
proceder
a
la
fijacrón
de
nuevojusUpr.
CIO
conforme
a
este
B-2
y
manteniendo
Últegramente
los
demila
factores
y
elementos
tenidos
en
cuenta
al
señalar
el
anterior
i~stiprecio.
con
las
limU.aciones
de
no
exceder
101
nuevos
pre-
elOS
por
metro
cuadrado
del
máximo
establecido
en.
el
cuadro
que
.
aprobó
el
Decreto
de
16
de
julio
de
1966,
para
la
zona
de
SItuación
de
la
finca.
y
de
no
exceder
la
cantidad
total
de
justiprecio
de
la
de
1.478.500
pesetas
solicitado
por
el recu-·
rren.te
en
vía
adm~nistrat)va,
debiendo
incrementarse
la
cifra
de
Justiprecio
que
nu:,vament&
se
fije
con
L:1.
resultante'
del
5
por
100
del
premio
de
frJecclóo¡ y
no
hacemos especial oon·
dena
respecto alas' costas causadas.
Así
poz:-
esta
nuestra
sentencia,
que
se
publicará
en
el
"80-
leU,!.
Oficial
del
Estado
..
se
Insertará.en
la
"Colección
Leglel
...
ti:
V& ,
definitivamente
juzgan!i0.
lo
pronunciamos,
mandamos 7
fumamos
.•

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