Decreto 159/2002, de 19 de diciembre, primera modificación del Decreto 90/1992, de 30 de diciembre, por el que se determinan las plantaciones forestales sujetas a autorización previa.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

Por mandato de lo establecido en el art. 90 de la Ley de OrdenaciÛn Agraria y Desarrollo Rural, el Decreto 90/1992, de 30 de diciembre, regula las actuaciones referentes a las variaciones en plantaciones forestales y el establecimiento de las nuevas, siendo su objeto evitar la degradaciÛn del suelo, recuperar el arbolado afectado por incendios forestales, salvaguardar las masas boscosas integradas por especies que ven peligrar su futuro y una mejora de las explotaciones.

La aplicaciÛn de esta norma ha dado resultados muy positivos en cuanto se refiere a la regulaciÛn y ordenaciÛn de las plantaciones; sin embargo se carece de tÈcnicas o sistemas para reconocer si en una finca concreta existe ya una determinada especie o no. El grado de presencia de una especie o su distribuciÛn en la finca deberÌan estar contemplados en la normativa, en aras tanto de facilitar la identificaciÛn como de unificar los criterios de las personas que intervienen en la tramitaciÛn de la autorizaciÛn. Por ello se requiere modificar parcialmente el Decreto 90/1992, de 30 de diciembre.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Medio Rural y Pesca, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reuniÛn de 19 de diciembre de 2002, DISPONGO ArtÌculo primero.

El artÌculo primero del Decreto 90/1992, de 30 de diciembre, por el que se...

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