ORDEN EDU/1224/2004, de 23 de julio, por la que se regula la planificación y desarrollo de programas educativos en el sistema educativo de Castilla y León.

SecciónI - Disposiciones Generales del Estado
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

La nueva concepción de los programas educativos los configura como un instrumento orientado, fundamentalmente, a coadyuvar y complementar los procesos de formación integral del alumnado de nuestra Comunidad. En este sentido, previa a su universalización a todos los centros y alumnos de nuestra Comunidad, los programas educativos precisan de un proceso de experimentación que valide la pertinencia y eficacia de los mismos respecto a las intenciones señaladas.

Esta concepción dinámica de los programas educativos se basa en las nuevas teorías de la organización y se fundamenta en los procesos de modernización de la Administración de la Comunidad presididas, ambas tendencias, por una preocupación y orientación al ciudadano. En este sentido, toda la organización administrativa se orienta a procurar un valor añadido al proceso administrativo, de forma tal que el servicio ofrecido lo sea en sus mayores cotas de garantía y calidad.

Por otro lado, y como respuesta a las nuevas dinámicas, mediante Decreto 79/2003, de 17 de julio, se establece la nueva estructura orgánica de la Consejería de Educación creando, entre sus órganos directivos, la Dirección General de Coordinación, Inspección y Programas Educativos, a la que se atribuyen, entre otras, las siguientes funciones: Apoyo a la coordinación e integración de las actuaciones de los centros directivos con las Áreas de Programas Educativos así como la organización, seguimiento y funcionamiento de las citadas áreas, además de la coordinación y seguimiento de la actividad de las Direcciones Provinciales de Educación en las materias propias de la Dirección General.

Por todo lo expuesto, y para la adecuada ejecución de los programas educativos, se ha considerado necesario establecer directrices de referencia para la organización y funcionamiento de las Áreas de Programas Educativos.

En virtud, previo dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo 1 – Objeto y ámbito de aplicación.
  1. – La presente Orden tiene como objeto regular la planificación y desarrollo de los programas educativos en el sistema educativo de Castilla y León en orden a asegurar la prestación de servicios en condiciones de racionalidad y equidad para todos los destinatarios de la comunidad educativa.

  2. – Las prescripciones de esta Orden se aplicarán a la totalidad de programas educativos que se desarrollen en los centros y servicios educativos de la Comunidad. A estos efectos se entiende por servicios educativos los equipos de orientación educativa y psicopedagógica, los centros de formación del profesorado e innovación educativa y cualquier apoyo externo organizado desde la Dirección Provincial de Educación que reciban los centros educativos.

Artículo 2 – Programa educativo.
  1. – Se considera programa educativo al conjunto de actuaciones planificadas sistemáticamente, que inciden en diversos ámbitos de la educación, dirigidas a la consecución de objetivos diseñados institucionalmente y orientados a la introducción de novedades y mejoras en el sistema educativo; actuación al conjunto de actividades orientadas a la consecución de los fines previstos tanto en el programa de referencia como al desarrollo de los procesos que le afecten y...

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