Orden Foral 53/2008, de 19 de febrero, de resolución del expediente de 1ª modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento municipal de Iruraiz-Gauna, relativa al SUR-1 de Acilu, Alaiza, Erentxun, Gazeo y Langarika, y al SAUR-1 DE Gereñu.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral
  1. ANTECEDENTES

    Primero.- Con fecha 24 de mayo de 2007, el Ayuntamiento de Iruraiz-Gauna acordó aprobar inicialmente el expediente denominado "1ª Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento municipal, relativa al SUR-1 de Acilu, Alaiza, Erentxun, Gazeo y Langarika, y al SAUR-1 de Gereñu", así como someter el mismo a información pública por el plazo de un mes, hecho que fue practicado mediante anuncios en el BOTHA núm. 71, de 13 de junio de 2007 y en el Diario de Noticias de Álava, de 21 de junio de 2007.

    Segundo.- Durante el periodo de información pública no fueron presentadas alegaciones, por lo que el Ayuntamiento procedió, en sesión del día 16 de julio de 2007, a su aprobación provisional.

    Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el punto tercero del apartado a) del Anexo al Decreto 35/1985, de 5 de marzo, de transferencia de servicios de las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Álava en materia de Urbanismo, el expediente fue informado por la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, en su sesión 6/2007 de 4 de octubre.

    Cuarto.- El Ayuntamiento de Iruraiz-Gauna remitió el expediente a la Diputación Foral de Alava el día 18 de diciembre, solicitando su aprobación definitiva.

    Quinto.- En cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto Foral del Consejo de Diputados núm. 155/99, de 14 de diciembre, este expediente fue informado por la Comisión de Urbanismo de Álava en su Sesión 1/2008, de 11 de febrero.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero.- El presente expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Iruraiz-Gauna es de carácter múltiple y está compuesto por los siguientes apartados: 1.- Modificaciones en el suelo urbano residencial SUR-1 de Acilu. 1.1. Parte de una parcela situada en el este del núcleo de Acilu, concretamente 780 m2 de un total de 2.780 m2, actualmente clasificada como suelo urbano y calificada como SUR-1, pasaría a ser sistema general de equipamiento comunitario cultural y docente para posibilitar la construcción de un centro socio-cultural. La necesidad social de este centro es, precisamente lo que se aduce como justificación necesaria para la modificación de planeamiento. 1.2. Se suprime la actual unidad de ejecución UE-1, de 1.900 m2,

    quedando como una parcela de suelo urbano de actuación directa de 1.000 m2 (aptos para la construcción de una vivienda unifamiliar). Se justifica al contar la parcela con todos los servicios urbanos necesarios para ser...

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