STSJ Comunidad Valenciana 405/2008, 25 de Abril de 2008
Ponente | JOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS |
ECLI | ES:TSJCV:2008:2085 |
Número de Recurso | 767/2004/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 405/2008 |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
405/2008
Procedimiento Ordinario - 000767/2004
N.I.G.: 46250-33-3-2006-0004414
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
S E N T E N C I A Núm. 405/08
Presidente
D. Mariano Ferrando Marzal
Magistrados
D. José Martínez Arenas Santos
D. Francisco Hervás Vercher
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En Valencia a veinticinco de abril de dos mil ocho.
Visto el recurso interpuesto por D. Luis Pedro, representado por el procurador Sr. Castelló Navarro y defendido por letrado, contra la resolución de la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante de 14 de abril de 2.003 [B.O.P. de 14 de noviembre de 2.003], que aprobó el Plan General de Ordenación Urbana de Benisa y contra la desestimación, por silencio, del recurso de alzada interpuesto el 12 de diciembre de 2.003 ante la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, habiendo sido parte demandada la Administración de la Generalidad Valenciana, representada y defendida por Letrado del
Gabinete Jurídico de la Presidencia.
Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictara Sentencia anulando los actos impugnados en lo que afectan a 1.746 m2 de la finca de su propiedad, declarando que tienen la condición de suelo urbano residencial consolidado.
El Letrado de la Generalidad contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.
Se recibió el proceso a prueba, practicándose la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a los litigantes para que evacuaran el trámite previsto en el art. 64 de la Ley Reguladora, cumplido el cual quedaron los autos pendientes de votación y fallo.
Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 24 de abril de 2.008, teniendo lugar la misma el citado día.
En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
El objeto del recurso lo constituye el examen de la legalidad de la resolución impugnada en virtud de la cual se aprobó por la Generalidad Valenciana el Plan General de Ordenación Urbana de Benisa, en el que se incluye la totalidad de la finca del actor dentro del parque público Terra Pineda, como zona verde. La parte recurrente alega en defensa de su pretensión que de los 3.518 m2 de su finca, 1.746 m2 tienen la condición de suelo urbano residencial consolidado, urbano según la anterior clasificación de 1.982 y dotado de los servicios legales exigibles para alcanzar tal condición.
El Letrado de la Generalidad opone a ello la conformidad a derecho de los actos recurridos por los propios fundamentos de los mismos.
La demanda, tras una exposición de los hechos y la normativa aplicable que afectan a la parcela del actor, relaciona los servicios de que dispone la parte de ella para la que interesa la declaración de suelo urbano residencial consolidado, los 1.746 m2 en los que se ubican las construcciones, de los 3.158 m2 que...
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