SAP Barcelona 855/2003, 18 de Noviembre de 2003

PonenteAMELIA MATEO MARCO
ECLIES:APB:2003:6639
Número de Recurso648/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución855/2003
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA N ú m. 855

Ilmos. Sres.

Dª. AMELIA MATEO MARCO

Dª. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA

Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER

En la ciudad de Barcelona, a 18 de noviembre de 2003.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 347/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 39 de Barcelona, a instancia de AEGON UNIÓN ASEGURADORA S.A., contra FECSA-ENDESA; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 19 de Mayo de 2.003, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando en su integridad la demanda interpuesta por AEGON UNION ASEGURADORA, SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS contra ENDESA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA, S.L. C O N D E N O a la demandada a que satisfaga a la actora OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (894,87 euros) más el interés legal devengado desde el 31 de marzo de

2.003 hasta el día de la fecha, momento a partir del cual, y hasta el pago completo, el interés se incrementará en dos puntos.- Todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito de fecha once de julio de dos mil tres; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día SEIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRES.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. AMELIA MATEO MARCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se rechazan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

En el presente procedimiento, seguido en reclamación de daños y perjuicios supuestamente ocasionados por deficiencias en el suministro de energía eléctrica, apela la demandada la sentencia condenatoria, alegando que la carga de la prueba sobre la deficiencia del suministro incumbía a la parte actora, y que esta prueba no se ha logrado.

El Juez de primera instancia, después de analizar la naturaleza de la acción ejercitada y la jurisprudencia existente sobre el principio de la unidad de la culpa civil, se decanta por la derivada de la culpa extracontractual, con las consecuencias que ello comporta en cuanto a la inversión de la carga de la prueba, para acabar concluyendo que la demandada no ha probado que actuó con toda la diligencia que le era exigible para evitar el daño, debiendo por tanto responder del producido.

En relación con tal razonamiento hemos de señalar que tanto si se acude a la culpa extracoantractual del art. 1902 CC, y jurisprudencia que ha interpretado este precepto, como si se examina el supuesto planteado con arreglo a la Ley 22/94, de responsabilidad civil por los daños causados por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR