Pensión de viudedad y matrimonio polígamo (sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 18 junio de 2015)

AutorMiguel Ángel Gómez Salado
Páginas209-214
209
Pensión de viudedad y matrimonio polígamo (s entencia del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 18 junio de 2015)
Survivor’s pension and polygamous marriage
Survivor’s pension and polygamous marriage (the judgment of
the High Court of Justice of Andalucia of June 18, 2015)
Resumen
Abstract
Este trabajo realiza un análisis sobre la concesión de
una pensión de viudedad a una mujer que había
contraído matrimonio por el rit o musulmán con el
causante, que ya estaba casado, por lo que no se
inscribió el matrimonio en el Registro Civil español.
Desde esta perspectiva, la sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía de 18 junio de
2015, ofrece la posibilidad de profundizar sobre este
tema. No obstante, la sentencia no cierra el debate
sobre los matrimonios polígamos.
This work performs an analysis on the concession of
a su rvivor’s pension to a woman who had married
by t he Muslim rite with the deceased person, who
was already married with another woman, and,
consequently, the marriage did not register in the
Spanish Civil Registration. From this perspective,
the judgment of the High Court of Justice of
Andalucia of June 18, 2015, offers the possibility of
penetrating on this topic. Nevertheless, the
judgement does not closet the discussion on the
polygamous marriages.
Palabras clave
Keywords
Poligamia; bigamia; pensión de viudedad;
matrimonio.
Polygamy; bigamy; survivor’s pension; marriage.
LA POLIGAMIA Y SUS CONSIDERACIONES INICIALES
El pasado 18 de junio de 2015 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de
lo Social con sede en Málaga, tuvo ocasión de pronunciarse acerca del derecho a la pensión
de viudedad en caso de matrimonio polígamo, en esta ocasión como consecuencia de un
Recurso de Suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social
núm. 1 de Melilla
1
. En concreto, veremos que dicho T ribunal estima el recurso interpuesto
por una mujer de origen marroquí, que era la segunda esposa del fallecido, otorgándole de
esta forma el derecho a poder ser beneficiaria de la pensión de viudedad.
Antes de entrar en el análisis concreto de la sente ncia, es importante recordar algunas
cuestiones de interés que, no por conocidas, pueden obviarse, ya q ue van a determinar
claramente el desarrollo normativo de la referida pensió n de viudedad. En este orden,
interesa aludir a los tipos de matrimonios y otras formas de convivencia que pueden d ar lugar
a aquella prestación de Seguridad Social.
1
Bajo el número de Recurso 591/2015.

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