SAP Valencia 364/2007, 13 de Junio de 2007

PonenteMARIA HERMINIA FOS NAVARRO
ECLIES:APV:2007:995
Número de Recurso335/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución364/2007
Fecha de Resolución13 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

SENTENCIA Nº 364_

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente

D. EUGENIO SÁNCHEZ ALCARAZ

Magistradas

Dª Mª FE ORTEGA MIFSUD

Dª HERMINIA FOS NAVARRO

En la ciudad de VALENCIA, a trece de junio de dos mil siete.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma Sra Dª HERMINIA FOS NAVARRO Magistrada-suplente de la Audiencia Provincial de Valencia, los autos de

Incidente impugnación costas, promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 23 de VALENCIA, con el nº 000059/2007, (dimanante de la ejecución laudo arbitral 890/06) por D. ALBERTO FERRUSES LLUESMA SL contra D. Luis, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por D.ALBERTO FERRUSES LLUESMA SL representado por el Procurador Sr. LOPEZ LOMA, ALFONSO FRANCISCO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 23 de, en fecha 26-1-07, contiene el siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la impugnación por indebida de la tasación de costas practicada el día 5 de diciembre de 2.006 en la ejecución del laudo arbitral 890/06, presentada por el Procurador Sr. López Loma, en nombre y representación de Alberto Ferreres Lluesma SL la que vengo a confirmar en los términos en los que fue redactada. No se hace expresa declaración sobre las costas causadas en el incidente."

SEGUNDO

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por D.ALBERTO FERRUSES LLUESMA SL, admitidos en ambos efectos remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 29 de may o de 2.007.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad ALBERTO FERRUSES LLUESMA S.L formuló, con fundamento en el artículo 517.2. 2º de la Ley de Enjuiciamiento Civi l, demanda de ejecución de título no judicial, siendo éste el laudo arbitral dictado el 9 de Diciembre de 2.005 por Dª Teresa y cuya pretensión dirigió contra D. Luis, solicitando se despachara ejecución contra sus bienes en cantidad suficiente para cubrir 406,67 euros, en concepto de indemnización como principal y costas del arbitraje, otros 14,38 euros por intereses vencidos y finalmente 250 euros presupuestados para intereses y costas de la ejecución.

La juzgadora de instancia mediante auto dictado el 28 de Julio de 2.00 6 despachó ejecución por las cantidades solicitadas. Habiendo consignado la Sra. Dolores la suma de 406,67 euros, el procurador D. Alfonso Fco López Loma mediante escrito de fecha 4 de diciembre de 2006, interesó que se liquidasen los intereses y se tasasen las costas, acompañando a tal fin la minuta de honorarios de su Letrado Don Antonio Raventós Riera ascendente a 225,04 euros y la cuenta de derechos y suplidos del Procurador Don Alfonso López Loma por 267,30 euros. La Sra. Secretaria llevó a cabo dicha tasación el 5 de diciembre de 2.006, con un resultado de 0 euros (f. 7), siendo impugnada por la parte solicitante y que al ser desestimada por auto de 26 de enero de 2.00 7, ha dado paso a la...

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