ORDEN ECO/3451/2002, de 27 de diciembre, por la que se modifica parcialmente la Orden de 30 de diciembre de 1992 sobre normas de solvencia de las entidades de crédito.

Fecha de Entrada en Vigor18 de Enero de 2003
MarginalBOE-A-2003-1051
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyOrden

ORDEN ECO/3451/2002, de 27 de diciembre, por la que se modifica parcialmente la Orden de 30 de diciembre de 1992 sobre normas de solvencia de las entidades de crédito.

El artículo 26 del Real Decreto 1343/1992, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/1992, de 1 de junio, de Recursos Propios y Supervisión en Base Consolidada de las Entidades Financieras, habilita al Ministro de Economía, a propuesta del Banco de España, para establecer los factores de ponderación de los elementos que presenten riesgos de crédito, a efectos del cálculo del coeficiente de solvencia de las entidades de crédito, ajustándose a los criterios establecidos en ese mismo artículo.

En ejercicio de esta habilitación fue dictada la Orden de 30 de diciembre de 1992, sobre normas de solvencia de las entidades de crédito. El Real Decreto 1419/2001, de 17 de diciembre, ha modificado parcialmente dicho artículo 26, por lo que procede también modificar parcialmente la citada Orden para incorporar los cambios introducidos por aquél.

Por otro lado, la presente Orden, haciendo uso de la habilitación concedida en los artículos 28 y 47 bis de dicho Real Decreto, determina el nivel de exigencia de recursos propios para la cobertura del riesgo de posiciones en oro y en materias primas e instrumentos financieros sobre ellas, de conformidad, en este último caso, con la definición de la cartera de negociación, efectuada por el número 6) del artículo 2 de la Directiva 93/6/CEE, del Consejo, de 15 de marzo de 1993, sobre la adecuación del capital de las empresas de inversión y las entidades de crédito, en la redacción dada por la Directiva 98/31/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998.

En su virtud, a propuesta del Banco de España, dispongo:

Primero. Modificación del artículo 3 ('Riesgo de crédito') de la Orden de 30 de diciembre de 1992 sobre normas de solvencia de las entidades de crédito.

  1. Se da nueva redacción a las letras c), d) y e) del número I del apartado 1:

    'c) Activos frente a los organismos autónomos y las entidades públicas empresariales reguladas en el Título III de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y frente a las demás entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de la Administración del Estado.

    1. Activos que representen créditos expresamente...

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