DECRETO 14811988, de 14 de octubre, por el que se modifica parcialmente el Decreto 56/1986, de 4 de abril, por el que se planifican los juegos y apuestas en Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de La Presidencia
Rango de LeyDecreto

El artículo 15 de la Ley Territorial 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los juegos y apuestas en Canarias, establece que corresponde al Gobierno planificar el régimen de los juegos y las apuestas.

Mediante el Decreto 56/1986, de 4 de abril, se planifican los juegos y las apuestas en Canarias. En el art-. 10.5 de dicho texto legal, se preveía que siempre que la evolución de la demanda lo aconsejase, podrían concederse nuevas autorizaciones de Salas de Bingo, fijándose unos límites máximos por islas. Dentro de estos límites, no se consideró la posibilidad de establecimientos de Salas de Bingo en las islas de La Gomera y El Hierro.

Dada la demanda potencial que en tales islas existe para la práctica de este juego, se ha considerado necesario solventar el impedimento legal que hasta la fecha existía.

En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 14 de octubre de 1988,

D I S P 0 N G O:

Artículo único.- El articulo 10.5 del Decreto 56/1986, de 4 de abril, queda redactado de la forma siguiente:

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