La paradoja de la jubilación forzosa y el envejecimiento activo

AutorAlejandro Muros Polo
CargoDpto. de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad de Granada
Páginas91-112
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 26 (1er Trimestre 2021)
Estudios Doctrinales ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Fecha Recepción: 25-3-2020 Fecha Revisión: 22-4-2020 Fecha Aceptación: 23-4-2020
Pags. 91-112
91
La paradoja de la jubilación forzosa y el envejecimiento activo
The paradox of forced retirement and active aging
ALEJANDRO MUROS POLO
Dpto. de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad de Granada
https://orcid.org/0000-0002-6192-8481
Cita sugerida: MUROS POLO, A. "La paradoja de la jubilación forzosa y el envejecimiento activo". Revista de
Derecho de la Seguridad Social, Laborum. 26 (2021): 91-112.
Resumen
Abstract
El presente trabajo pretende ofrecer una visión crítica
sobre la nueva introducción de la jubilación forzosa en el
ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto-
ley 28/2018, de 28 de diciembre, no solo porque se vea
injustificadamente recortado el derecho del trabajador a
decidir sobre su jubilación, sino porque esto entra en
contradicción con los planteamientos de envejecimiento
activo, que, desde instancias europeas e internacionales, se
viene defendiendo, como mecanismo para la integración
de una población cada vez más creciente, y a su vez, para
la sostenibilidad parcial del sistema público de pensiones.
Con esta finalidad de crítica, se abordará previamente un
estudio analítico y sistemático de la incesante evolución
jurídico-normativa de la jubilación forzosa y su
jurisprudencia, lo cual reflejará la utilización de esta
institución más como un instrumento de política de
empleo. También se abordará una caracterización de la
figura actual de la jubilación forzosa, introducida por el
citado RD-Ley, sus requisitos y sus consecuencias en
materia de Seguridad Social.
This paper aims to offer a critical view of th e
introduction of forced retirement into Spanish law
through Royal Decree-Law 28/2018, of 28 December,
not only because it unjustifiably curtails workers' rights
to decide on their own retirement, but also because it
contradicts the idea of active aging, which has been
defended across Europe and the world as a way of
integrating an ever-growing segment of the population
and for the partial sustainability of the public pension
system.
To form this critical view, we first address a previous
analytic and systematic study of the constant regulatory
evolution of forced retirement and its jurisprudence,
which will reflect its use as a political tool in
employment. We also present th e current figures on
forced retirement, introduced by the Royal Decree
mentioned above, its requirements and consequences for
Social Security.
Palabras clave
Keywords
jubilación forzosa, envejecimiento activo,
discriminación por razón de edad, sostenibilidad
pensiones públicas, trabajadores maduros
forced retirement, active aging, age discrimination,
public pension sustainability, mature workers
1. ESTADO DE LA CUESTIÓN: PLANTEAMIENTO
La pensión de jubilación es aquella protección social que provee el Estado ante la carencia
de rentas como consecuencia del cese de la vida laboral. Tradicionalmente, sus notas configuradoras
han sido: el cese to tal en el trabajo, su acceso voluntario y el cumplimiento de una edad
determinada.
Sin embargo, debido a las modificaciones “erráticas e improvisadas” del legislador desde los
años 1980
1
, no podemos asistir hoy en día a estas caracte rísticas delimitadoras
2
, pues, por un lado,
1
Vid., en un sentido amplio, M ONEREO PÉREZ, J.L.: Las reformas de las pensiones. Un análisis global del proceso
reformista”, en VVAA.: La pensión de Jubilación. Estudio analítico y crítico tras los últimos procesos de reforma,
MONEREO PÉREZ, J.L. y LÓPEZ CUMBRE, L. (Dirs.), MALDONADO MOLINA, J.A. y FERNÁNDEZ RAMÍREZ, M.
(Coords.), Granada, Comares, 2015, págs. 1-15.
2
MONEREO PÉREZ, J.L.: “Repensar críticamente el modelo de regulación de la pensión de jubilación”, en VVAA:
Por una pensión de jubilación, adecuada, segura y sostenible: III Congreso Internacional y XVI Congreso
(…)
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se establece con carácter gene ral la obligatoriedad de la jubilación una vez el emplead o público
llegue a la edad de 65 años, y por o tro, objeto del presente trabajo, se posibilita la jubilación forzosa
a través de su inclusión en el convenio colectivo, desnaturalizando el requisito de la voluntariedad
en el acceso a la pensión de jubilación, debiendo también mencionar las jubilaciones anticipadas
involuntarias, si bien tasadas en la legislación. Además, se permite la compatibilidad de la pensión
con el trabajo, y lo que es más problemático como se expondrá, su acceso de forma anticipada a la
edad ordinaria de jubilación, a través de un amplio abanico: prejubilaciones, jubilaciones
anticipadas, jubilación parcial y flexible.
Estos cambios en la pensión de jubilación han sido numerosos, como comentábamos, no
tratándose de una cuestión menor, pues la pensión de jubilación es el mayor gasto para las arcas de
la Seguridad Social, debido a su gran número de beneficiarios, aunque, sin embargo, mayor
alternatividad configura la jubilación forzosa, pues tal y como se abordará, su configuración ha
dependido de una u otra determinada política de empleo. Y en este sentido, se ha vuelto a introducir
la jubilación forzosa, en virtud del RD-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, como mecanismo de
“rejuvenecimiento de plantillas”.
Empero, las modificaciones deberán de fo calizarse de nuevo en una determinada dirección,
aunque de manera ampliamente consensuada, pues el aumento de la esperanza de vida, la
disminución de la natalidad, así como el previsible aumento de las altas en las pensiones de
jubilación con la incorporación a este sector de aquellas personas que provienen del baby boom
español
3
, hace repensar el modelo de financiación de la Seguridad Social, ya de por sobrecargado.
En otras palab ras, atendiendo a estas p remisas, la tasa de dependencia (número de pensionistas por
trabajadores que cotizan para una pensión en virtud del sistema de reparto) aumentaría, c on la
consiguiente reducción de la tasa de sustitución o reemplazo
4
, e incluso, llegando a producirse la
insostenibilidad del sistema de pensiones.
En con secuencia, la cobertura de las personas más vulnerables, como son los mayores, se
vería recortada, un colectivo, que ya de por se ve afectado por situaciones de discriminación, pues
asistimos a una “situación de minusvaloración y subalternidad social de las personas mayores en
una sociedad dominada por la racionalidad instrumental y la desconsideración en todos los aspectos
o dimensiones de una sociedad orientada a garantizar efectiva y adecuadamente la tan repetida
como cumplida solidaridad intergeneracional en todos los ámbitos”
5
.
Es por ello, que se necesita de una acción, la cual pasa, siguiendo directrices europeas, por
integrar a la p ersona mayor socio-laboralmente, favoreciendo lo que se denomina envejecimiento
activo, que no solo busca que las personas mayores lleguen a su última etapa de la vida en unas
condiciones saludables, entendido esto en un sentido amplio, sino que también promueve el
alargamiento de la vida laboral como medida para paliar las deficiencias del modelo.
Sin embargo, esto entra en contradicción con lo que el legislador español ha promovido, que
ha sido en definitiva la expulsión de los trabajadores maduros, en mayor medida a partir de la crisis
económica de 2008 y la consecuente Reforma laboral del año 2012. En concreto, se “facilitó” el
Nacional Asociación Española de Salud y Seguridad Social, ORTIZ CASTILLO, F. (Ed.), Tomo I, Murcia, Laborum,
2019, pág. 28.
3
https://intereconomia.com/noticia/la-generacion-del-baby-boom-espana-doblemente-penalizados-jubilacion-
20180207-1448/
4
“La relación que existe entre la cuantía neta de la primera pensión recibida respecto al ltimo salario neto”,
FERNÁNDEZ BERN AT, J.A.: “La protección social complementaria de la jubilación: las pensiones privadas”, en
VVAA: Por una pensión de jubilación, adecuada, segura y sostenible: III Congreso Internacional y XVI
Congreso Nacional Asociación Española de Salud y Seguridad Social, ORTIZ CASTILLO, F. (Ed.), Tomo II,
Murcia, Laborum, 2019, pág. 373.
5
MONEREO PÉREZ, J.L.: “Repensar críticamente el modelo de regulación…”, op. cit., pág. 74.

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