SAP Granada 628/2001, 23 de Octubre de 2001

PonenteMOISES LAZUEN ALCON
ECLIES:APGR:2001:2138
Número de Recurso974/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución628/2001
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 4ª

SENTENCIA NUM 628

ILTMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. MOISES LAZUEN ALCON

MAGISTRADOS

D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ

D. JOSE MALDONADO MARTINEZ

En la ciudad de Granada a veintitrés de octubre de dos mil uno.

La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio Ejecutivo n° 744/98, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número siete de Granada, en virtud de demanda de Banco Español de Crédito S.A., representado por el/a Procurador/a Dª. María Luisa Labella Medina, contra D. Octavio , representado por el/a Procurador/a Sr/a.

D. Antonio Manuel Leyva Muñoz, y contra Dª. Virginia , en situación de rebeldía.

Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida sentencia, fechada en dieciséis de junio de mil novecientos noventa y nueve, contiene el siguiente Fallo: "Que desestimando las excepciones alegadas y estimando la demanda presentada por la procuradora Sra. Labella Medina, en nombre y representación de Banco Español de Crédito S.A., contra D. Octavio y Doña Virginia , mando seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados, y con su importe entero y cumplido pago al actor de la cantidad de quinientas cincuenta y seis mil, novecientas sesenta y nueve pesetas (556.969), más el interés legal incrementado en dos puntos de dicha cantidad desde la fecha de vencimiento del pagaré, y las costas procesales, a cuyo pago también se condena a los demandados".

SEGUNDO

Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, en el acto de la vista su Letrado interesó la revocación de la sentencia recurrida; por el Letrado de la parte apelada se solicitó la confirmación de dicha resolución, con imposición de costas a la parte contraria.

TERCERO

Han sido observadas las prescripciones legales de trámite. Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. MOISES LAZUEN ALCON.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Banco Español de Crédito S.A., formuló por el cauce del juicio ejecutivo, demanda contra

D. Octavio , y Dª. Virginia , en reclamación de 556.969 pts, de principal, con base en los siguientes datos de hecho: El actor es legitimo tenedor del pagare NUM000 , emitido en 23-5-97 por los demandados contra su cuenta n° NUM001 de Banesto, sucursal de la Zubia, por un nominal de 675.000 pts. Y vencimiento en 23-8-97, emitido nominativamente a favor del actor. Llegada la fecha de vencimiento no fue hecho efectivo. Los deudores realizaron un ingreso en su cuenta para pago parcial por importe de 118.031 pts, por lo que adeudan el resto, de 556.969.

El Sr. Octavio , se opuso, alegando: El Banco hizo firmar al Sr. Octavio y esposa, varios pagarés en blanco en tato se gestionaba una operación de crédito a su favor, que no llegó a efectuarse. Más como después llegaron al Banco varios efectos devueltos, no a su cargo ni aceptados por el demandado, pero que podrían serle exigidos por vía de regreso, el Banco unilateralmente procedió en 28-5-97 a ingresar en su cuenta la cantidad de 675.000 pts, Tal operación fue denominada por el banco como préstamo, asociando el banco como garantía uno de los pagarés firmados en blanco, que luego rellenó, denominándolo pagaré financiero. El demandado abonó el importe del pagaré, después el...

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