Decreto 2/2008, de 4 de enero, por el cual se designa el órgano competente en materia de certificación energética de edificios de nueva construcción en las Illes Balears

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Comercio, Industria y Energia
Rango de LeyDecreto

Decreto 2/2008, de 4 de enero, por el cual se designa el órgano competente en materia de certificación energética de edificios de nueva construcción en las Illes Balears El BOE número 27, del 31 de enero de 2007 publicó el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, cuyo objeto es determinar la metodología de cálculo de la calificación de eficiencia energética, restablecer las condiciones técnicas y administrativas para las certificaciones de eficiencia energética de los proyectos y de los edificios acabados y aprobar un distintivo común en todo el territorio nacional denominado etiqueta de eficiencia energética.

La finalidad de la aprobación del Procedimiento básico para la certificación d eficiencia energética de edificios de nueva construcción es la promoción de la eficiencia energética, mediante la información objetiva que obligatoriamente se debe proporcionar a los compradores y usuarios en relación con las características energéticas de los edificios materializada en forma de un certificado de eficiencia energética que permita valorar y comparar sus prestaciones, y se crea a este efecto, en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y adscrito a la Secretaría General de Energía, el Registro General de documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética.

El citado procedimiento básico prevé una serie de trámites en los que ha de intervenir el órgano competente de la Comunidad Autónoma, como son gestionar, con carácter potestativo, un registro de certificaciones de eficiencia energética de su ámbito territorial; establecer el alcance del control externo y el procedimiento para realizarlo, disponiendo la inspección necesaria para comprobar y vigilar el cumplimiento de la certificación de eficiencia energética de edificios; establecer las condiciones específicas para proceder a la renovación o actualización del certificado; determinar las condiciones para la exhibición de la etiqueta de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR