Decreto 38/2005, de 22 de abril, de creación, organización y funcionamiento de la Comisión de Expertos para el Estudio y el Seguimiento del Todo Incluido.

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Turismo
Rango de LeyDecreto

La industria turÌstica balear es la m·s importante de las Illes Balears y una de las principales del conjunto del Estado espaÒol. Adem·s de la relevancia cuantitativa y cualitativa, no se puede ignorar que el fenÛmeno turÌstico es extraordinariamente din·mico, con la apariciÛn constante de nuevas fÛrmulas surgidas la gran mayorÌa por la demanda de los mercados, concretamente el todo incluido. AsÌ parece oportuno crear una comisiÛn de expertos en la materia y considerar el todo incluido como una modalidad turÌstica que consista en ofrecer un paquete turÌstico donde, por un precio cerrado, se incluya el uso y el disfrute del alojamiento, rÈgimen completo de comidas, servicios de bar y la participaciÛn en todas las actividades de ocio y deportivas que se organicen en el interior del establecimiento turÌstico.

Visto todo esto, a propuesta del Consejero de Turismo y previa deliberaciÛn del Consejo de Gobierno en la sesiÛn de dÌa 22 de abril de 2005, DECRETO

ArtÌculo 1

Se crea la ComisiÛn de Expertos para el Estudio y el Seguimiento del Todo Incluido, adscrita a la ConsejerÌa de Turismo, con la finalidad de elaborar un informe sobre la conveniencia o no de la regulaciÛn del Todo Incluido y, en su caso en que tÈrminos, para posteriormente elevarlo a la consideraciÛn del Consejo de Gobierno.

ArtÌculo 2 1 Esta ComisiÛn est· formada por un grupo de nueve expertos de reconocido prestigio profesional

Los miembros de la ComisiÛn se nombran de la siguiente manera: - Cuatro a propuesta del Gobierno de las Illes Balears.

- Cinco a propuesta de los grupos parlamentarios 2. Las reuniones ser·n coordinadas por el consejero de Turismo o por la persona que designe.

ArtÌculo 3 1 La ComisiÛn fijar· las normas de funcionamiento interno.

Con car·cter supletorio ser· de aplicaciÛn la normativa de Ûrganos colegiados regulada en el capÌtulo V del tÌtulo II de la Ley 3/2003, de...

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