Real Decreto 1219/1984, de 11 de abril, sobre designacion del Consejero gerente en el Organismo autonomo trabajos penitenciarios.

MarginalBOE-A-1984-14433
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

El artículo 9.3 del Decreto 2705/1964, de 27 de julio, sobre régimen y funcionamiento del organismo autónomo trabajos penitenciarios, dispone en su primera parte que los Consejeros del Consejo de administración serán designados y separados libremente por el Ministro de Justicia a propuesta del Director General de prisiones (hoy Instituciones Penitenciarias), pero, en relación con el Consejero Gerente, señala, en su parte final, que

Artículo único el número 2

Del artículo 9 del Decreto 2705/1964, de 27 de julio, quedará redactado del siguiente modo:

<2. Los Consejeros serán designados y separados libremente por el Ministro de Justicia a propuesta del Director General de Instituciones Penitenciarias. La designación del Consejero Gerente, equiparado orgánicamente a Jefe de Servicio, habrá de recaer en persona con título académico de Grado Superior y con experiencia en gestión económica.>

Dado en Madrid a 11 de abril de 1984.-Juan Carlos R.-el Ministro de Justicia, Fernando ledema bartret.

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