ORDEN VMV/1018/2022, de 4 de julio, por la que se convocan subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia regulados en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.
Sección | III. Otras Disposiciones y Acuerdos |
Rango de Ley | Orden |
INDICE
Actuaciones subvencionables.
Actuaciones subvencionables.
Actuaciones subvencionables.
Ejecución parcial.
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Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio (P3).
Datos y documentación a aportar con la solicitud.
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Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (P4).
Datos y documentación a aportar con la solicitud.
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Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (P5).
Datos y documentación a aportar con la solicitud.
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Solicitud de ayuda adicional individual por vivienda Programa 3.
Datos y documentación a aportar con la solicitud.
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Declaración responsable del cumplimiento del principio de "no causar perjuicio significativo" al medio ambiente (DNSH).
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Documentación de justificación de la ejecución de la actuación subvencionada P3.
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Documentación de justificación de la ejecución de la actuación subvencionada P4.
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Declaración de ingresos - Ayuda adicional Programa 3.
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Declaración de recuperación o compensación de impuestos.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) regulado por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, es la hoja de ruta para la implementación del instrumento de recuperación Next Generation Eu en España. El PRTR se estructura en 10 ejes. El primero se destina a reforzar la inversión pública y privada fundamentalmente en materia de energía y sostenibilidad. El eje 1 tiene un denominado "componente 2" centrado en:
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Activar en España un sector de la rehabilitación que permita generar empleo y actividad en el corto plazo y que garantice un ritmo de renovación sostenible del parque edificado en el medio y largo plazo, cumpliendo los objetivos marcados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), y en la Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (ERESEE)
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La renovación del parque de vivienda y de edificios apostando por enfoques integrales, de modo que la mejora de la eficiencia energética y la integración de fuentes de energía renovable se acompañe de una mejora de la accesibilidad, conservación, mejora de la seguridad de utilización y la digitalización de los edificios
Para conseguir estos objetivos, el componente 2 establece la aplicación de diferentes instrumentos que conforman un marco de apoyo a la actividad de rehabilitación, complementarios entre sí, que favorecerán la toma de decisiones para los propietarios de los edificios a rehabilitar y permitirán alcanzar las metas establecidas de renovación del parque edificatorio residencial. Estos instrumentos se publicaron en el "Boletín Oficial del Estado", de 6 de octubre de 2021, entre ellos el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Este Real Decreto incluye 6 programas de ayuda que corresponden a dos inversiones del Componente 2:
C02.I01: "Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales".
C02.I02: "Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes".
El régimen jurídico, normativa específica aplicable, requisitos y obligaciones de los beneficiarios y destinatarios últimos y el procedimiento de concesión será el establecido por el Real Decreto citado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, lo establecido en la normativa autonómica que resulte de aplicación y en las convocatorias que apruebe cada Comunidad Autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla, así como en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, "Reglamento del MRR", y demás disposiciones que articulen el MRR y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, (PRTR).
Asimismo, al regular el Real Decreto actuaciones incluidas en las referidas inversiones C02.I01 y C02.I02 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, estará sujeto a las disposiciones que resulten aplicables del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las comunidades autónomas reciben directamente los fondos del PRTR como beneficiarias directas, para gestionarlos en su ámbito territorial y cumplir los objetivos del Plan, concediendo las ayudas a los beneficiarios y destinatarios últimos, bien mediante convocatorias de concurrencia competitiva o bien mediante concesión directa, según determina el Real Decreto, que tiene la consideración de bases reguladoras de las subvenciones.
El artículo 6 del Real Decreto distingue la figura de las comunidades autónomas como "beneficiarias directas", de la de los "destinatarios últimos" que percibirán finalmente las ayudas por las...
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