Orden TMA/572/2022, de 20 de junio, por la que se crea y regula el funcionamiento del Comité antifraude del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

MarginalBOE-A-2022-10450
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Rango de LeyOrden

El Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, dedica su artículo 22 a la «Protección de los intereses financieros de la Unión», disponiendo que los Estados miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, adoptarán todas las medidas adecuadas para proteger dichos intereses, así como para velar que la utilización de los fondos europeos se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y nacional, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. A tal efecto, dispone que los Estados miembros establecerán un sistema de control interno eficaz y eficiente y recuperarán los importes abonados erróneamente o utilizados de modo incorrecto.

El 30 de abril de 2021, el Gobierno de España presentó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, «Plan España Puede» (PRTR), que fue aprobado por el Colegio de Comisarios UE el 16 de junio de 2021 y, finalmente, el 13 de julio del mismo año por el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la UE (ECOFIN). Dicho PRTR comprende una importante agenda de inversiones y reformas estructurales destinadas al logro de las cuatro transformaciones que constituyen el centro de la estrategia de política económica del Gobierno de España (la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad de género).

El PRTR se estructura en diez políticas tractoras, que inciden directamente en aquellos sectores productivos con mayor capacidad de transformación de nuestro tejido económico y social. Estas diez políticas tractoras, a su vez, se desarrollan sobre la base de un total de treinta componentes, tres de los cuales son liderados por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: Componente 1, «Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos», Componente 2, «Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana» y Componente 6, «Movilidad sostenible, segura y conectada».

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana participa, por tanto, de manera muy significativa y a través de numerosas reformas e inversiones, en la ejecución del PRTR del Gobierno de España, teniendo condición tanto de Entidad decisora como de Entidad ejecutora, en virtud de las definiciones establecidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Asimismo, dicha Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones reguladas en el artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, establece, en su artículo 6, la obligación de que toda entidad decisora o ejecutora que participe en la ejecución de las medidas del PRTR disponga de un plan de medidas antifraude, que le permita garantizar y declarar que los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

En este sentido, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en su condición de Entidad decisora en relación con las medidas de su competencia incluidas en los componentes 1, 2 y 6 del PRTR, así como de Entidad ejecutora en relación con los proyectos de su competencia desarrollados en el marco de dichas medidas, ha aprobado, por Resolución del Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de 15 de marzo de...

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