Orden TER/257/2022, de 29 de marzo, por la que se dispone la publicación del Reglamento de la Conferencia de Presidentes.

MarginalBOE-A-2022-5270
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Política Territorial
Rango de LeyOrden

La Conferencia de Presidentes celebró el día 13 de marzo de 2022 su vigesimosexta reunión desde su constitución en el año 2004. En dicha reunión se aprobó por unanimidad su nuevo Reglamento.

Por tanto, para su general conocimiento, se procede a la publicación del mismo, que figura como anexo a la presente Orden.

Madrid, 29 de marzo de 2022.–La Ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez García.

ANEXO. Reglamento de la Conferencia de Presidentes

PREÁMBULO

I

La Conferencia de Presidentes nació en octubre del año 2004 como un intento de normalizar el diálogo entre los máximos responsables de los Gobiernos del Estado y de las comunidades autónomas. El objetivo era institucionalizar un espacio de encuentro que había demostrado una inmensa utilidad en países con modelos descentralizados de toma de decisiones. La Conferencia de Presidentes se convirtió desde el principio en una pieza clave en el éxito del modelo autonómico, consiguiendo logros que han beneficiado a toda la ciudadanía española en campos como la financiación sanitaria, la lucha contra la violencia de género, la creación de empleo y el reforzamiento del estado del bienestar. Asimismo, ha introducido en el debate político nacional cuestiones de indudable importancia estratégica como los desafíos demográficos y la lucha contra la despoblación.

Sin embargo, en los diecisiete años que han transcurrido, España ha atravesado por distintas crisis que han puesto de manifiesto la necesidad de reforzar nuestra arquitectura institucional. En ámbitos como la justicia social, la economía, la cohesión territorial o la salud pública, nuestro país ha sufrido desafíos sin precedentes que sólo han podido ser afrontados gracias a la solidez de nuestro modelo constitucional de convivencia. Entre los pilares que han hecho posible que hayamos hecho frente a estas crisis está sin duda el trabajo compartido entre las instituciones del Estado, las comunidades autónomas, las ciudades con Estatuto de Autonomía y las entidades locales.

Estos desafíos han puesto de manifiesto la necesidad de reforzar los mecanismos de cooperación institucional entre los poderes públicos. Aunque se han producido avances, como el desarrollo legislativo de las técnicas de cooperación entre Administraciones públicas, es evidente que los instrumentos vigentes resultan insuficientes para canalizar todo el diálogo y la colaboración que deben existir en un Estado de las autonomías plural y democrático como el español.

La Conferencia de Presidentes debe ser la clave de bóveda de este sistema reforzado de cooperación entre Administraciones públicas. Al agrupar a los máximos representantes del Estado, de las comunidades autónomas y de las ciudades con Estatuto de Autonomía, este órgano ha de ser el referente de la colaboración entre instituciones. Como se ha puesto de manifiesto con la gestión de la pandemia de la COVID-19, el impulso que se logra a través de los acuerdos alcanzados en el seno de la Conferencia de Presidentes resulta fundamental para facilitar un ejercicio eficaz y leal de las competencias dentro de nuestro sistema constitucional.

II

El nuevo Reglamento de la Conferencia de Presidentes pretende actualizar este espacio de diálogo adaptándolo a las nuevas necesidades con el objetivo de dotar a este órgano de más agilidad, pluralismo y continuidad en la toma de decisiones. El fin último, por supuesto, es el de reconocer a la Conferencia de Presidentes el perfil que le corresponde como pieza clave del sistema de cooperación entre Administraciones públicas.

El nuevo Reglamento facilita que la Conferencia de Presidentes pueda operar de manera más ágil gracias a la introducción del formato electrónico como forma de participar en sus reuniones. Se reconoce, con carácter general, la posibilidad de asistir mediante videoconferencia en las sesiones del Comité preparatorio, un hecho coherente con la naturaleza instrumental de este órgano, que requiere del mayor nivel posible de inmediatez en su funcionamiento. Aunque en la Conferencia de Presidentes se sigue manteniendo el formato presencial, se admite que excepcionalmente se pueda autorizar la participación telemática, una posibilidad que ha demostrado ser de gran utilidad en la gestión de la crisis sanitaria derivada de la pandemia de la COVID-19. En ambos casos, la participación mediante medios electrónicos queda condicionada al cumplimiento de las garantías que aseguren la identidad de los participantes y el carácter reservado de las deliberaciones.

III

Uno de los objetivos que se persiguen con el nuevo Reglamento es que todas las Administraciones que están representadas en la Conferencia vean incrementada su capacidad de incidir en la toma de decisiones. Es una decisión que se adopta en consonancia con el reconocimiento que la Constitución realiza al pluralismo político como valor superior del ordenamiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR