Orden TED/859/2021, de 5 de agosto, por la que se acuerda el reconocimiento de las repercusiones económicas derivadas de la adopción de medidas temporales y extraordinarias para garantizar la seguridad del suministro de energía eléctrica en la Ciudad Autónoma de Melilla hasta el 31 de agosto de 2021.

MarginalBOE-A-2021-13595
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, establece en su artículo 59 que en los casos que el operador de sistema ponga de manifiesto riesgos de cobertura de la demanda en el corto plazo, la comunidad o ciudad autónoma afectada deberá, en virtud de lo establecido en el artículo 7.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, solicitar al Ministerio de Industria, Energía y Turismo el reconocimiento de las repercusiones económicas para la adopción de medidas para la garantía del suministro, con carácter previo a su adopción. Asimismo, el citado artículo 59 indica que, por orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo, se reconocerá, en su caso, las repercusiones económicas que pudieran derivarse de la adopción de estas medidas extraordinarias para garantizar la seguridad de suministro para una potencia determinada, según las características técnicas y económicas aprobadas y por un periodo de tiempo determinado.

En las normas mencionadas, las referencias al Ministerio de Industria, Energía y Turismo se entenderán realizadas al actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, según la disposición final segunda del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales.

En el informe de cobertura anual de la demanda de Melilla (julio 2021-junio 2022) realizado por Red Eléctrica de España, en calidad de operador del sistema y con entrada en este ministerio el 8 de julio de 2021, se ha puesto de manifiesto que:

Dada la indisponibilidad declarada del grupo 13 para los meses de julio y agosto de 2021, se ha evaluado un escenario conservador para el periodo de verano en el que se detecta la posibilidad de escenarios de energía no suministrada. Bajo estas hipótesis, aparecen doce horas en las que el sistema de Melilla se quedaría sin reservas. Para cubrir esta eventualidad, sería necesario disponer de 7 MW adicionales de potencia.

Con fecha 22 de julio de 2021 se ha recibido escrito de la Dirección General de Sostenibilidad de la Ciudad Autónoma de Melilla en el que solicita el reconocimiento de las repercusiones económicas por las medidas extraordinarias al suministro eléctrico de la Ciudad de Melilla en julio y agosto de 2021, por una potencia de 7 MW.

Atendiendo a las fechas del escrito de reconocimiento de las...

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