Orden TED/319/2022, de 1 de abril, por la que se acuerda el reconocimiento de las repercusiones económicas derivadas de la adopción de medidas temporales y extraordinarias para garantizar la seguridad del suministro en la isla de Formentera, desde el 15 de mayo hasta el 15 de octubre de 2022.

MarginalBOE-A-2022-6103
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, establece en su artículo 59 que en los casos que el operador de sistema ponga de manifiesto riesgos de cobertura de la demanda en el corto plazo, la comunidad o ciudad autónoma afectada deberá, en virtud de lo establecido en el artículo 7.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, solicitar al Ministerio de Industria, Energía y Turismo el reconocimiento de las repercusiones económicas para la adopción de medidas para la garantía del suministro, con carácter previo a su adopción. Asimismo, el citado artículo 59 indica que, por orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo, se reconocerá, en su caso, las repercusiones económicas que pudieran derivarse de la adopción de estas medidas extraordinarias para garantizar la seguridad de suministro para una potencia determinada, según las características técnicas y económicas aprobadas y por un periodo de tiempo determinado.

En las normas mencionadas, las referencias al Ministerio de Industria, Energía y Turismo se entenderán realizadas al actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, según la disposición final segunda del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

En el informe de cobertura anual de la demanda de Baleares (enero 2022-diciembre 2022) de enero de 2022 realizado por Red Eléctrica de España, en calidad de operador del sistema, se ha puesto de manifiesto que «para reducir las sobrecargas ante contingencias y evitar que el disparo simultáneo de la turbina TG1 de la CT Formentera y el mayor de los dos enlaces que unen esta isla con Ibiza provoque sobrecargas inadmisibles en el enlace de menor capacidad y el consiguiente cero de tensión en Formentera, se recomienda, con las demandas previstas, la siguiente actuación: Instalación de generación auxiliar de emergencia en Formentera. Necesaria, al menos, desde el 15 de mayo hasta el 15 de octubre de 2022. Se deben garantizar, al menos, 12 MW de potencia adicional».

Estas necesidades de potencia adicional habían sido puestas de manifiesto en informes de cobertura previos realizados por Red Eléctrica de España, si bien estos informes no abarcaban todo el periodo en el que esta generación adicional resulta necesaria. En este sentido y con base en los informes de...

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