Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a la convocatoria.

MarginalBOE-A-2023-26428
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Rango de LeyOrden

I

La política de transición justa en España se enmarca dentro del Pacto Verde de la Unión Europea. La Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones de 11 de diciembre de 2019, sobre el Pacto Verde Europeo, impulsa una nueva estrategia de crecimiento que transforme la Unión en una economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, donde hayan dejado de producirse emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050, el crecimiento económico esté disociado del uso de recursos y no haya personas ni lugares que se queden atrás.

En línea con el Pacto Verde Europeo, el Gobierno de España presentó el Marco Estratégico de Energía y Clima, que busca facilitar la modernización de la economía hacia un modelo sostenible y competitivo que contribuya a poner freno al cambio climático. Este Marco Estratégico está integrado por tres pilares: la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que busca que España cuente con un marco normativo sólido y estable para la descarbonización de su economía; el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), que recoge una serie de medidas que buscan conseguir la neutralidad de emisiones en 2050; y la Estrategia de Transición Justa, una estrategia de acompañamiento que asegure que las personas y los territorios aprovechen al máximo las oportunidades de esta transición y que nadie se quede atrás.

En España se ha procedido al cierre de explotaciones mineras de carbón, de centrales térmicas de carbón y centrales nucleares. Consecuencia de ello, se han producido importantes daños económicos en puntos específicos del territorio español, los cuales se vieron agravados al coincidir con la pandemia provocada por la COVID-19. El cierre de dichas instalaciones ha tenido asimismo una clara incidencia sobre las Administraciones Locales, no solo por la pérdida de actividad económica que lleva aparejada una disminución muy importante de ingresos para los Ayuntamientos, sino sobre todo porque, si no se acompaña de medidas, puede poner en marcha procesos de despoblación. La pérdida de población puede no deberse solo al propio cierre de las instalaciones energéticas y la pérdida de empleo asociada, sino también a que algunas de las Administraciones Locales afectadas no tengan capacidad suficiente para prestar algunos servicios, ni cuenten con infraestructuras básicas que permitan fijar la población al territorio, evitando así que las personas que quedaron fuera del mercado de trabajo abandonen la zona y se desplacen a otros lugares donde sí existen las infraestructuras y los servicios públicos adecuados.

El Fondo de Recuperación Next Generation EU permitirá a España movilizar un volumen de inversión importante y en este contexto se aprobó por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aprobado a su vez por el Consejo Europeo el 13 de julio de 2021.

Entre las recomendaciones que señala la Comisión Europea en la comunicación SWD (2020) 508 para España está el ayudar a las regiones más afectadas de España por la transición energética a abordar las consecuencias sociales y económicas de la transición, con el objetivo de garantizar que la transición hacia la neutralidad climática de la UE sea justa en estos territorios que se enfrentan a graves desafíos socioeconómicos en el marco del proceso de dicha transición.

En esta línea el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España incluye el Componente 10 «Estrategia de Transición Justa» y dentro del mismo, en la submedida C10.I01.b un «Plan de infraestructuras ambientales, digitales y sociales en municipios y territorios en transición» dirigido a impulsar la puesta en valor de zonas de interés medioambiental de dominio público, la renovación de infraestructuras públicas locales y la provisión de servicios comunitarios y compartidos para mejorar la capacidad de fijar y atraer población a los municipios afectados por los cierres de instalaciones energéticas, en el que se enmarca la presente orden ministerial.

En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de12 de febrero de 2021, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión: Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, todos los proyectos que se lleven a cabo en cumplimiento de esta orden deben de respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm») y los objetivos climáticos y digitales establecidos en el Componente 10 del Plan.

II

El 29 de diciembre de 2021 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) la Orden TED/1476/2021, de 27 de diciembre, por la que, en su capítulo I, se regulaban las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, procediéndose, en su capítulo II, a la convocatoria de las mismas.

Las subvenciones reguladas en dicha orden consisten en la concesión, por concurrencia competitiva, de ayudas dirigidas a financiar el coste de proyectos en inmuebles y espacios públicos y bienes de dominio público en municipios inmersos en procesos de transición energética afectados por el cierre de explotaciones de minería del carbón, centrales térmicas de carbón y nucleares, que permitan reforzar el componente medioambiental, social y digital de los espacios o ayuden a la creación, conservación y puesta en valor de otros nuevos para asegurar el cumplimiento de los compromisos medioambientales y digitales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las ayudas de esa mencionada convocatoria quedaron incluidas en la inversión C10.I01: «Inversiones en Transición Justa» dentro del Componente 10 «Transición Justa» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Política Palanca 3. «Transición energética justa e inclusiva» correspondiente al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Las ayudas están sujetas al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos y los hitos fijados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; que quedan definidos en el «Anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España». En particular, el objetivo CID asociado a esa actuación fue el número 140, que requirió la adjudicación de cien proyectos de infraestructuras por un importe máximo de 91 millones de euros.

El 5 de julio de 2023 se publicó la Resolución de concesión de ayudas dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Orden TED/1476/2021, de 27 de diciembre).

En todo caso, puede afirmarse que la convocatoria ha sido muy exitosa en relación con los objetivos de transición justa y reto demográfico, puesto que un 89 por ciento de los municipios elegibles han presentado al menos un proyecto, un 26 por ciento de los que han resultado provisionalmente adjudicatarios tienen menos de 500 habitantes y un 74 por ciento tienen menos de 5.000 habitantes.

Asimismo, es necesario señalar que un número importante de proyectos elegibles han tenido la suficiente calidad para ser evaluables y no han resultado adjudicatarios debido únicamente a la limitación presupuestaria de la convocatoria.

A la vista del éxito de esa convocatoria, en consonancia con los objetivos y políticas del Instituto para la Transición Justa, O.A., y la necesidad de cumplir de forma total con el objetivo CID 431 recogido en la Adenda al PRTR aprobada el 2 de octubre de 2023, procede la publicación de esta segunda orden con las bases reguladoras para una nueva convocatoria en concurrencia competitiva.

La presente convocatoria es semejante a la anterior, incorporando aquellas mejoras derivadas de la experiencia obtenida por el desarrollo de su procedimiento y por la puesta en práctica de la misma.

En virtud de lo anterior, se han...

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