ORDEN SAN/1046/2017, de 6 de noviembre, por la que se autoriza a la Fundación de Hemoterapia y Hemodonación de Castilla y León a conceder subvenciones.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su disposición adicional decimosexta, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que las fundaciones del sector público únicamente podrán conceder subvenciones cuando así se autorice a la correspondiente fundación de forma expresa mediante acuerdo del Ministerio de adscripción u órgano equivalente de la administración a la que la Fundación esté adscrita. Asimismo, la aprobación de las bases reguladoras, la autorización previa de la concesión, las funciones derivadas de la exigencia de reintegro y de la imposición de sanciones, así como las demás que comporten el ejercicio de potestades administrativas, serán ejercidas por los órganos de la administración que financien en mayor proporción la subvención correspondiente; en caso de que no sea posible identificar tal administración, las funciones serán ejercidas por los órganos de la Administración que ejerza el Protectorado de la fundación.

Por otra parte, la citada disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece en su apartado segundo, que a los efectos de esa ley se consideran fundaciones del sector público aquellas fundaciones que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de las Administraciones públicas, sus organismos públicos o demás entidades del sector público, o bien que su patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia, esté formado en más de un 50 por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.

En relación a dicha consideración, debe señalarse que la Fundación de Hemoterapia y Hemodonación de Castilla y León se constituyó mediante Acuerdo de 27 de marzo de 2003 de la Junta de Castilla y León, con la aportación inicial mayoritaria de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León y en sus Estatutos se prevé que para el cumplimiento de sus fines desarrollará, entre otras actividades, «la promoción y planificación de la donación voluntaria en sus diferentes formas, promoción que se realizará en coordinación con la Federación Regional de Donantes de Sangre de Castilla...

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