Orden IET/1600/2012, de 16 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la gestión de medidas para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras.

Fecha de Entrada en Vigor20 de Julio de 2012
MarginalBOE-A-2012-9702
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyOrden

El apoyo a la creación y fortalecimiento de «clusters», o agrupaciones empresariales, forma parte de la estrategia europea de promoción de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y de la innovación. Según dicha estrategia, el apoyo a la creación y fortalecimiento de los «cluster» constituye un medio para paliar las consecuencias que ciertas deficiencias de mercado, relacionadas con problemas de tamaño y coordinación, tienen sobre las posibilidades de las empresas de relacionarse entre sí, establecer flujos de conocimiento y alcanzar la masa crítica suficiente para desarrollar proyectos de innovación que mejoren su competitividad.

El reconocimiento de estos problemas y la orientación de establecer instrumentos de apoyo a la formación y reforzamiento de «cluster» empresariales se reflejaba ya en la Comunicación de la Comisión Europea «Más investigación e innovación: un enfoque común» COM (2005) 488 final, y quedó claramente plasmado en la COM (2006) 502 final «Poner en práctica el conocimiento: una estrategia amplia de innovación para la UE». Según dicha estrategia, refrendada por el Consejo de Competitividad en las conclusiones de su reunión de diciembre de 2006, el fortalecimiento de los «cluster» en Europa se consideraba como una de las nueve prioridades estratégicas para promover con éxito la innovación. Por su parte y en consecuencia, el Programa Marco (2007-2013) de Competitividad e Innovación de la UE, aprobado por Decisión n.º 1639/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, recogía entre sus prioridades la promoción de la creación y el fortalecimiento de «clusters».

Asimismo, la propia Comisión Europea en su Comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo de junio de 2008 «Small Business Act para Europa; iniciativa a favor de las pequeñas empresas» COM (2008) 394 final, en referencia al fomento de la inversión de las pequeñas y medianas empresas en materia de innovación establecía como orientación para los Estados miembros el fomentar la participación de dichas empresas en clusters innovadores.

Posteriormente, en lo que se refiere a las orientaciones comunitarias en el ámbito de la política de «clusters», se han producido asimismo en los últimos años nuevas circunstancias y propuestas que es conveniente tener presente en la regulación de las medidas de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras.

Dichas orientaciones se contienen en las Conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas de marzo de 2008, en las del Consejo de Competitividad de noviembre de 2007, de mayo de 2008 y de diciembre de ese mismo año y, asimismo, en la Decisión 2008/824/CE de la Comisión Europea de 22 de octubre de 2008, por la cual se crea un Grupo Europeo de Política de Clusters, así como en la Comunicación de la Comisión «Para la organización de clusters de categoría mundial de la Unión Europea» COM (2008) 652 final/2 de noviembre de 2008. Por otra parte, la iniciativa Europea INNOVA en el marco del Programa de Competitividad e Innovación (PCI) se ha centrado principalmente a partir de 2008 en el impulso conjunto de nuevos o mejores instrumentos de cooperación transnacional para su utilización por organizaciones de «cluster» y de manera muy particular para apoyar a las pequeñas y medianas empresas innovadoras que participan en los mismos. Favoreciendo así una mejora de la competitividad de éstas últimas y no sólo de las grandes empresas que participan en dichos «clusters» o agrupaciones.

En España y en consonancia con esas orientaciones, se pusieron en marcha medidas dirigidas a la consolidación y fortalecimiento de «clusters» a través de la implementación de instrumentos de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras (AEI). La aplicación de dichas medidas de apoyo se inició con la Orden ITC/2691/2006, de 2 de agosto, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión de las medidas de apoyo a las agrupaciones empresariales innovadoras. A dichas ayudas podían acceder aquellas Agrupaciones Empresariales Innovadoras cuya naturaleza y fines se corresponden con las establecidas en el apartado Tercero de la Orden ITC/3808/2007, de 19 de diciembre, por la que se regula el Registro Especial de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Posteriormente, como consecuencia de un conjunto de circunstancias que hacían conveniente una serie de cambios en la normativa vigente se promulgó la Orden ITC/1843/2009 de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la gestión de medidas para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras, y se efectúa la convocatoria de subvenciones correspondiente a 2009 («B.O.E.» de 9 de julio de 2009).

No obstante, transcurridos casi tres años desde la promulgación de dicha orden, se ha producido un conjunto de circunstancias que hacen precisa la promulgación de una nueva orden reguladora de las bases, del régimen de ayudas y de la gestión del programa. Dichas circunstancias, que remiten a exigencias de orden interno y de orden comunitario como son las que se derivan de las prioridades establecidas en la Estrategia Europa 2020, son lo suficientemente numerosas y relevantes como para que no resulte aconsejable la mera modificación de la normativa vigente.

En lo que se refiere a las circunstancias de orden interno, hay que considerar en primer lugar las derivadas de la promulgación del Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y el Real Decreto 344/2012, de 12 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Como consecuencia de esa nueva estructura orgánica, la creación de las nuevas Secretaría General y Dirección General de Industria y de la PYME, el cambio de la denominación, competencias y funciones de algunas Direcciones y Subdirecciones Generales, así como otros cambios menores, obligan a modificaciones significativas en la delimitación de los órganos que instruyen y resuelven sobre las solicitudes de ayuda así como en la composición de las comisiones de evaluación previstas en la normativa vigente.

En segundo lugar las modificaciones establecidas en la regulación comunitaria en relación a las cofinanciación con fondos estructurales comunitarios de las actuaciones desarrolladas por las Administraciones Públicas beneficiarias de los mismos, así como la necesidad de ajustar en mayor medida la gestión de dichas actuaciones a la normativa comunitaria en ese ámbito, obligan a introducir algunos cambios en las gestión de las ayudas a Agrupaciones Empresariales Innovadoras al ser estas ayudas objeto de cofinanciación por parte del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

En tercer lugar, la experiencia acumulada en la gestión de estas ayudas aconseja introducir algunas modificaciones en la normativa vigente dirigidas a mejorar la eficiencia de dicha gestión y adaptarla a las circunstancias económicas y presupuestarias actuales. Modificaciones encaminadas a mejorar los instrumentos y procedimientos de verificación de las justificaciones de los gastos asociados a los proyectos que han sido objeto de subvención así como, de manera destacada, a limitar en el tiempo la posibilidad, por parte de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras inscritas en el Registro Especial del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de beneficiarse de las ayudas previstas para la puesta en marcha y desarrollo de sus estructuras de gestión.

Por otra parte, por razones de unicidad y eficacia en la gestión, se ha eliminado el tratamiento completamente diferenciado que en la normativa reguladora anterior se establecía para las agrupaciones que desarrollan su actividad en el sector turístico en lo que se refiere a aspectos como la tipología de proyectos subvencionables prioritarios, las intensidades de ayuda, los criterios de evaluación y la instrucción y resolución del procedimiento. No obstante, se mantienen algunas referencias específicas a las agrupaciones que operan en este sector a fin de enmarcar adecuadamente las ayudas previstas en los objetivos y prioridades del Plan Nacional e Integral de Turismo (PNIT) 2012-2016 que, como es sabido, pretende impulsar la competitividad y apoyar el liderazgo mundial español en este sector. En este sentido, el programa de apoyo a las AEI se inserta plenamente en el objetivo establecido en dicho plan de incrementar la colaboración pública-privada en la definición de estrategias y acciones conjuntas que mejoren la propuesta de valor, en términos de rentabilidad, sostenibilidad en todas sus vertientes económica, social y medioambiental, excelencia en el talento como base para la gestión empresarial y de los destinos, y como semilla para el emprendimiento innovador, así como para la inmersión en la era digital.

En consecuencia, dado el amplio conjunto de circunstancias consideradas, resulta oportuno promulgar una nueva regulación de las bases, del régimen de ayudas y de gestión de las medidas de apoyo previstas.

El articulado de esta orden se estructura en dos capítulos. El primer capítulo recoge disposiciones de carácter general, fijando, entre otros aspectos, los objetivos generales, el ámbito de aplicación, los beneficiarios, los tipos de ayudas y sus límites, mientras que el segundo capítulo establece, entre otras cuestiones, el procedimiento de gestión, forma de realizar la solicitud, proceso de evaluación, pago y justificación de las ayudas.

El artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que en el ámbito de la Administración General del Estado, así...

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