ORDEN PRE/1588/2021, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden PRE/1192/2019, de 28 de noviembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de la Presidencia.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Presidencia |
Rango de Ley | Orden |
Por Decreto 19/2019, de 1 de agosto, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia.
La estructura de los servicios centrales de esta consejería fue desarrollada por Orden PRE/1192/2019, de 28 de noviembre. Esta orden fue modificada puntualmente por la Orden PRE/332/2020, de 13 de marzo.
La Junta de Castilla y León aprobó el Decreto 9/2021, de 31 de marzo, por el que se regula la Escuela de Administración Pública de Castilla y León, que está adscrita a la Dirección General de la Función Pública.
Este decreto atribuye a la Escuela determinadas funciones, como es la selección de personal, que la Dirección General de la Función Pública venía ejerciendo a través del Servicio de Acceso y Provisión.
Asimismo, este decreto supone una modificación sustantiva en las funciones de la Escuela y en la distribución de funciones de la citada Dirección General, por lo que se hace necesario reordenar la estructura orgánica de la misma.
La disposición final primera del Decreto 9/2021, de 31 de marzo, faculta al consejero de la Presidencia para dictar cuantas normas de desarrollo y ejecución precise este decreto.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 2 de diciembre de 2021.
DISPONGO
La Orden PRE/1192/2019, de 28 de noviembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de la Presidencia queda modificada como sigue:
Lunes, 20 de diciembre de 2021
Uno. Se modifica el punto 2 y se adiciona un punto 3 al artículo 30 redactados en los siguientes términos:
2. Para el ejercicio de dichas funciones, la Dirección General de la Función Pública se estructura en las siguientes unidades administrativas:
a) Escuela de Administración Pública de Castilla y León.
b) Servicio de Relaciones Laborales y Gestión de Personal Laboral.
c) Servicio de Régimen Jurídico.
d) Servicio de Registro General de Personal y Gestión de Personal Funcionario.
e) Servicio del Sistema Integrado de Gestión de Personal.
f) Servicio de Coordinación y Prevención de Riesgos Laborales.
g) Servicio de Evaluación y Carrera Profesional.
3. La Dirección General de la Función Pública contará con una Unidad de Gestión y Apoyo, con rango de sección, que ejercerá las siguientes funciones:
a) La gestión de las distinciones que se otorgan a los empleados públicos autonómicos.
b) La gestión administrativa de los beneficios sociales que correspondan a los empleados públicos autonómicos.
c) Cualquier otra que se le atribuya de conformidad con la normativa vigente.
Dos. El artículo 31 queda redactado en los siguientes términos:
Artículo 31. Escuela de Administración Pública de Castilla y León.
1. La Escuela de Administración Pública de Castilla y León es el centro especializado de selección, aprendizaje y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, conforme determina el artículo 1 del Decreto 9/2021, de 31 de marzo, por el que se establece su regulación.
2. La Escuela se estructura en las siguientes unidades administrativas:
a) Servicio de Planificación de la Formación y Gestión del Conocimiento.
b) Servicio de Gestión de la Formación.
c) Servicio de Gestión de la Selección.
3. El Servicio de Planificación de la Formación y Gestión de Conocimiento ejercerá las funciones previstas en las letras f), g), h) i), j), k), m), n) y u) del artículo 4 del Decreto...
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