Orden ARM/1195/2011, de 11 de mayo, por la que se modifica la Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción de planificación hidrológica.

MarginalBOE-A-2011-8341
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

La Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción de planificación hidrológica, se dicta en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 82 del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica, para tener en cuenta los cambios introducidos por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

La instrucción de planificación hidrológica completa, junto con el texto refundido de la Ley de Aguas y el Reglamento de Planificación Hidrológica, la transposición de la Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre, por la que se establece un marco comunitario en el ámbito de la política de aguas, incluyendo aspectos de normativa técnica que, por su carácter, no se habían incluido en aquellas normas.

La Comisión Europea, con fecha 18 de marzo de 2010, emitió Dictamen motivado en el que constata la persistencia de instancias de no conformidad en la transposición al ordenamiento jurídico español de diversos artículos y apartados de los anexos de la Directiva 2000/60/CE, instando al Reino de España a adoptar las medidas requeridas para ajustarse a dicho dictamen. La atención a este requerimiento obliga a la introducción de diversas modificaciones en los apartados 5 y 6 de la instrucción de planificación hidrológica. Estos cambios deberán ser tenidos en cuenta obligatoriamente en los planes hidrológicos que se estén elaborando a la entrada en vigor de la presente Orden.

Durante el proceso de elaboración de la orden ministerial se ha consultado al Consejo Nacional del Agua en el que están representadas las Comunidades Autónomas y los principales agentes sociales y económicos y organizaciones no gubernamentales que tienen relación con la planificación hidrológica. Asimismo, se ha consultado al Consejo Asesor de Medio Ambiente y a los departamentos ministeriales afectados.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en la disposición final segunda del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR