Orden de 8 de septiembre de 1983 sobre normas de calidad para el comercio exterior de puerros.
Marginal | BOE-A-1983-26949 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Orden |
La evolución experimentada en los últimos años en el comercio exterior de puerros y las modificaciones adoptadas en Ginebra por el grupo de trabajo para la normalización para productos perecederos de la Comisión Económica para Europa (CEPE). en su norma de calidad para esta hortaliza destinada al comercio entre países europeos o a la importación por estos países, aconsejan la modificación de nuestra norma actual.
En consecuencia, de acuerdo con el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación y oído el sector interesado,
Este Ministerio ha tenido a bien dictar la siguiente norma de calidad para puerros.
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Norma técnica
1. DEFINICION DEL PRODUCTO
La presente norma se refiere a los puerros de las variedades (cultivares) obtenidas del
, destinados a la entrega al consumidor en estado fresco, exceptuándose los puerros destinados a la transformación industrial, 2. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD
La norma tiene por objeto definir las calidades que deben presentar los puerros en el momento de su expedición, después de su acondicionamiento y envasado.
Z.1 Características mínimas.
En todas las categorías, sin perjuicio de las disposiciones particulares previstas para cada una de ellas y de las tolerancias admitidas, los puerros deben presentarse:
Enteros (esta condición no se aplica, sin embargo, a las raíces y a las extremidades de las hojas que pueden haberse cortado) .
Con aspecto fresco, desprovistos de hojas marchitas o decoloradas.
No subidos.
Sanos; se excluyen los productos atacados de podredumbre o alteraciones que los hagan impropios para el consumo.
Limpios; prácticamente exentos de materias extrañas visibles; sin embargo, las raíces pueden tener alguna tierra adherida.
Exentos de humedad exterior anormal, es decir, suficientemente escurrido después de un lavado eventual.
Exentos de olores y/o sabores extraños.
Cuando las hojas se cortan debe hacerse de forma regular.
Los puerros deben presentar un desarrollo y un estado tales que les permita soportar el transporte y la manipulación para que puedan llegar al lugar de destino en condiciones satisfactorias.
2.2 Clasificación.
Los puerros se clasificarán en las dos categorías que se definen a continuación:
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Categoría .1.: Los puerros clasificados en esta categoría deben ser de buena calidad. Sin embargo, pueden presentar ligeros defectos superficiales a condición de que éstos no perjudiquen el aspecto, la calidad, la conservación o la presentación del producto.
La parte blanca debe...
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