Orden de 8 de septiembre de 1983 sobre norma de calidad para el comercio exterior de zanahorias.

MarginalBOE-A-1983-26951
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La evolución experimentada en los últimos años en el comercio exterior de zanahorias y las modificaciones adoptadas en Ginebra por el grupo de trabajo de la normalización para productos perecederos, de la Comisión Económica para Europa (CEPE), en su norma de calidad para esta hortaliza destinada al comercio entre países europeos o a la importación por estos países, aconsejan la modificación de nuestra norma actual.

En consecuencia, de acuerdo con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y oído el sector interesado, este Ministerio ha tenido a bien dictar la siguiente norma de calidad para las zanahorias frescas.

  1. Norma técnica

    1. DEFINICION DEL PRODUCTO

      La presente norma Se refiere a las zanahorias de las variedades (cultivares) obtenidas del , destinadas a su entrega al consumidor en estado fresco, exceptuándose las zanahorias destinadas a la transformación industrial.

    2. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD

      La norma tiene por objeto definir las calidades que deben presentar las zanahorias en el momento de su expedición, después de su acondicionamiento y envasado.

      2.1. Características mínimas.

      En todas las categorías y sin perjuicio de las disposiciones particulares previstas para cada una de ellas y de las tolerancias admitidas, las zanahorias deben presentarse:

      Enteras.

      Firmes.

      No bifurcadas y desprovistas de raíces secundarias.

      Sanas; se excluyen las zanahorias afectadas de podredumbre con alteraciones que las hagan impropias para el consumo.

      Limpias, prácticamente exentas de materias extrañas visibles.

      Si no han sido lavadas, podrán presentar un máximo del 2 por 100 de tierra adherida en las categorías y . Si se presentan lavadas, deberán estar exentas de impurezas, tales como tierra, arena y materias orgánicas.

      Sin consistencia leñosas.

      No subidas, ni granadas.

      Exentas de humedad exterior anormal y suficientemente secas después de lavadas.

      Exentas de olores y/o sabores extraños.

      Las zanahorias deben presentar un desarrollo y un estado conveniente que les permitan soportar el transporte y la manipulación para que lleguen a destino en condiciones satisfactorias.

      2.2. Clasificación.

      Las zanahorias se clasificarán en las tres categorías que a continuación se definen:

      1. Categoría : Las zanahorias clasificadas en esta categoría deben ser de calidad superior y estar limpias.

        Las raíces deben presentarse:

        Lisas.

        Con aspecto fresco.

        De forma regular.

        Sin hendiduras.

        Exentas de magulladuras y heridas.

        Sin daños causados por heladas.

        En esta categoría deben presentar las características típicas de la variedad y carecer de toda coloración verde o púrpura en el cuello.

      2. Categoría : Las zanahorias clasificadas en esta categoría deben ser de buena calidad.

        Las raíces deben presentarse con aspecto fresco.

        En esta categoría deben presentar las características típicas de la variedad.

        Sin embargo y a...

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