Orden JUS/807/2021, de 20 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

MarginalBOE-A-2021-12719
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el personal de la Administración de Justicia para 2018, y con el fin de atender las necesidades de personal al servicio de la Administración de Justicia, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, de conformidad con la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, incluidos en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

En el ámbito de la Administración de Justicia se han debatido y acordado los criterios para la adaptación del Acuerdo para la Mejora del Empleo Público de 29 de marzo de 2017, y en concreto, lo referido al proceso de estabilización del periodo 2017-2019.

Por su parte, la especial cualificación que requiere este cuerpo para la realización de sus funciones aconseja aprovechar la experiencia de los aspirantes como valor añadido, además de la titulación y los conocimientos teóricos. Por este motivo se ha optado por el sistema excepcional de acceso de concurso-oposición, previsto en el artículo 484 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, debido a que se puede incorporar aquel criterio al proceso selectivo, lo que permitirá valorar la antigüedad de los funcionarios interinos que han desarrollado sus funciones en el propio Instituto y que ya han recibido una formación específica, así como de profesionales que hayan realizado sus funciones en organismos públicos similares, y considerar, igualmente, otros méritos de formación, docencia e investigación.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos, así como la normativa sobre protección de datos de carácter personal.

También tiene en cuenta los principios de igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad y sus derechos, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, y el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará en el punto de acceso general, www.administracion.gob.es y en la página web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público).

  1.  Descripción de las plazas

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir, a través del sistema de concurso-oposición, 6 plazas, 4 de acceso libre y 2 de promoción interna, en el Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, especialidad de Biología, en base a lo establecido en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el personal de la Administración de Justicia para 2018, con arreglo a lo siguiente:

    Real Decreto 954/2018, de 27 de julio. Plazas de estabilización – Anexo II
    Programa Acceso libre Promoción interna Reserva personas con discapacidad Total
    Biología. 4 2 6
    Las plazas dispuestas en el cuadro anterior son ofertadas para todos los departamentos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en Madrid, Barcelona, Sevilla y Tenerife

    1.2 Se considerarán afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 33 % de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

  2.  Proceso selectivo

    2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición. La fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en los anexos A.1 y A.2 de esta convocatoria.

    A los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se les aplicará el baremo de méritos de la fase de concurso que se especifica en el anexo B.1 de esta convocatoria.

    2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.

    2.3 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo a un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de aprobados que contravengan esta limitación.

    2.4 El proceso selectivo incluirá, tanto en el turno libre como de promoción interna, la superación de un curso selectivo en el Centro de Estudios Jurídicos compuesto de dos fases, una teórica y otra de prácticas tuteladas. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso, una vez superado el curso selectivo.

    2.5 En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá como sigue: primará la fase de oposición; en segundo lugar, la fase de concurso; si aún persistiera el empate primará la nota del primero y seguidamente la del segundo. De persistir el empate, se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la base específica 7.1.

  3.  Programa

    El programa que ha de regir la oposición se contiene en el anexo II de esta convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.

  4.  Requisitos de participación y titulación requerida

    4.1 Para participar en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos generales señalados en la base novena de las «bases comunes» y estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de los siguientes títulos: Licenciatura o Grado en Biología, Farmacia, Veterinaria, Medicina, Bioquímica, Ciencias Biomédicas, Genética o Biotecnología.

    Para acceder por el sistema de promoción interna los aspirantes deberán ser funcionarios de carrera del propio Cuerpo de Facultativos en programa diferente al que se aspira o del de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y poseer, además de la titulación académica requerida para el acceso por el programa que se presentan, una antigüedad de, al menos, dos años, como funcionario titular, interino o sustituto.

    4.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, a efectos académicos y profesionales o, en su caso, del correspondiente certificado de...

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