Orden JUS/2890/2015, de 23 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

MarginalBOE-A-2016-157
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 3/2015, de 22 de marzo, por el que se prevé una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para luchar contra el fraude en los servicios públicos, para el impulso del funcionamiento de la Administración de Justicia y en aplicación de las medidas previstas en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local, convalidado por Resolución de 16 de abril de 2015, del Congreso de los Diputados, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración de Justicia,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 442 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el artículo 35 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, (denominados Secretarios Judiciales hasta la modificación operada por el artículo 56 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que entró en vigor el pasado 1 de octubre).

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre (BOE de 19 de octubre).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 160 plazas del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, de las comprendidas en el Articulo 4, «Oferta complementaria en el ámbito de la Administración de Justicia», del Real Decreto-ley 3/2015, de 22 de marzo (Boletín Oficial del Estado del 23), a través de los sistemas generales de acceso libre y de promoción interna.

    Del total de estas plazas, se reservarán 8 para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33%.

    1.2 La distribución por turnos de acceso de las 160 plazas convocadas es la siguiente: para el acceso libre: 80 plazas, de las cuales 4 constituyen el cupo de reserva de personas con discapacidad. Para el acceso por promoción interna: 80 plazas, de las cuales 4 constituyen el cupo de reserva de personas con discapacidad.

    Las plazas reservadas en promoción interna para personas con discapacidad que queden desiertas, se acumularán a las del turno ordinario de promoción interna.

    Las plazas convocadas para el sistema general de promoción interna que queden vacantes se acumularán a las de acceso libre, sistema general, antes de la realización del curso de prácticas.

    En el turno libre, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular al turno general.

    1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los turnos: turno libre o promoción interna.

  2. Proceso selectivo

    2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes tanto en la realización de los ejercicios como en el curso selectivo. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización, de conformidad con la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.

    En primer lugar se resolverá el turno de promoción interna y con posterioridad el turno libre.

    2.2 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:

    Promoción interna:

    En la Resolución por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos se indicará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición. Se prevé su realización en el mes de junio de 2016.

    Acceso libre:

    El primer ejercicio de la fase de oposición está previsto que se realice en septiembre de 2016. En todo caso será anterior a la finalización del 2.º ejercicio de la fase de oposición del turno de promoción interna.

    Salvo que concurran causas objetivas que justifiquen su ampliación, apreciadas por la Secretaría de Estado de Justicia, oído el Tribunal n.º 1 en su caso, la duración máxima del concurso oposición para el turno de promoción interna será de ocho meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio de la oposición. Para el turno libre la duración máxima de la oposición será de nueve meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio, debiendo transcurrir desde la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo de la siguiente, un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

    Tanto en el turno de acceso libre como en el de promoción interna, se incluye la superación de un curso teórico práctico de carácter selectivo que tendrá lugar en el Centro de Estudios Jurídicos para los aspirantes de ambos turnos, una vez superada la fase de oposición o de concurso oposición. Se desarrollará y calificará conforme a lo previsto en la normativa reguladora del Centro. Para la realización de éste, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición o de concurso oposición serán nombrados funcionarios en prácticas.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en la Orden JUS/2250/2006, de 3 de julio (Boletín Oficial del Estado del día 12), modificada por Orden JUS/2878/2011, de 19 de octubre (BOE del día 27).

    El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas a la fecha de la publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.

    No obstante, en materia de Registro Civil se exigirá sólo la legislación vigente en la fecha de publicación de la presente convocatoria.

    En el plazo de tres meses a contar desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria, se procederá a la publicación de un nuevo programa, que será el que regirá en convocatorias posteriores.

  4. Requisitos de los candidatos

    4.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán cumplir todos los requisitos señalados en la base séptima de las «Bases Comunes» y estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado o Graduado en Derecho. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

    4.2 Los aspirantes que concurran a la convocatoria por el turno de promoción interna, deberán cumplir además los siguientes requisitos:

    – Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa.

    – Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa. A estos efectos se computarán los servicios prestados en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia del que, en su caso, procedan.

  5. Solicitudes

    5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de Justicia, Modelo 790 - Código 007, en cuya parte superior figura «Solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen», que se facilitará gratuitamente en Internet, en la página web www.mjusticia.gob.es (Empleo Público-Oposiciones y procesos selectivos).

    La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran en el Anexo III.

    5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día 12 de enero de 2016. La solicitud se dirigirá a la Secretaria de Estado de Justicia. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    5.3 La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Ante el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia, a través de la dirección de Internet www.mjusticia.gob.es.

      La presentación de solicitudes por esta vía conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

      Los aspirantes que deseen acogerse a la exención de tasas o tengan derecho a la reducción de las mismas, de acuerdo con el punto 5 de la base novena de la Orden de bases comunes, deberán presentar la solicitud de participación en soporte papel junto con la documentación acreditativa del derecho a exención o reducción en alguno de los registros que a continuación se indican, no...

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