Orden JUS/2402/2014, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/231/2013, de 13 de febrero, de aplazamiento de la efectividad de la demarcación en relación con determinados registros de la propiedad creados por el Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Diciembre de 2014
MarginalBOE-A-2014-13324
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Orden JUS/231/2013, de 13 de febrero, aplazó la efectividad de la demarcación en relación a determinados registros de la propiedad creados por el Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. Tal como se argumentaba en la exposición de motivos de la referida orden, las razones que llevaron a dicho aplazamiento se encuentran en que la situación económica existente en el momento de aprobarse el Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, es radicalmente distinta a la actual. Muchos de los registros previstos en el citado real decreto son hoy en día totalmente inviables, dado que en su distrito registral no se genera un número de operaciones registrales suficiente para cubrir todos los gastos que genera la apertura de una oficina registral independiente. Por esta razón, una parte de los registros establecidos en el citado real decreto, o bien no han sido definitivamente creados por no haber tenido nunca un registrador titular o lo tuvieron en un primer momento, pero inmediatamente quedaron vacantes hasta la actualidad.

La Orden JUS/231/2013, de 13 de febrero, aplazó la efectividad de la demarcación, en cuanto a los registros que se encontraban en la situación descrita, hasta el día 1 de enero de 2015, fecha en la que se preveía que ya estuviera aprobada una revisión de la demarcación registral que diera solución definitiva a este problema. El inicio de dicha revisión se produjo mediante acuerdo del Director General de los Registros y del Notariado, de 7 de noviembre de 2013, no siendo previsible que la aprobación definitiva del proyecto de real decreto por el que se efectúa la revisión de la demarcación registral, se produzca antes del 1 de enero de 2015, siendo por tanto necesario ampliar un año más la prórroga prevista en la Orden JUS/231/2013, de 13 de febrero.

La presente orden se dicta al amparo de la disposición final segunda del Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero.

En su virtud, dispongo:

Artículo único Modificación de la ...

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