ORDEN JUS/146/2016, de 19 de mayo, por la que se determina la fecha de entrada en funcionamiento de las unidades procesales de apoyo directo, del Servicio Común Procesal General y del Servicio Común Procesal de Ejecución del partido judicial de Sant Boi de Llobregat.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE JUSTICIA |
Rango de Ley | Orden |
Mediante la Orden JUS/20/2016, de 4 de febrero, se ha creado el Servicio Común Procesal General y el Servicio Común Procesal de Ejecución del partido judicial de Sant Boi de Llobregat.
De acuerdo con lo que establece el artículo 3 de la Orden mencionada, las unidades procesales de apoyo directo y los servicios comunes procesales de Sant Boi de Llobregat entrarán en funcionamiento en la fecha que determine el consejero o consejera competente en materia de justicia.
Puesto que ya se han llevado a cabo todas las actuaciones preparatorias para la implementación de la oficina judicial en este partido judicial y está previsto que finalice en breve el proceso de acoplamiento del personal de los cuerpos de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia a los nuevos puestos de trabajo definidos en la relación de puestos de trabajo de la oficina judicial de Sant Boi de Llobregat;
Por todo ello, y en virtud de las facultades que me han sido conferidas,
Ordeno:
Se establece el 3 de octubre de 2016 como fecha de entrada en funcionamiento de las unidades procesales de apoyo directo, del Servicio Común Procesal General y del Servicio Común Procesal de...
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