Orden INN/14/2017, de 21 de abril, por la que modifica la Orden INN/18/2016, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores de Cantabria.

Sección6 - Subvenciones y Ayudas
EmisorConsejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

La Orden INN/18/2016, de 31 de mayo, estableció las bases reguladoras de las subvenciones a las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios inscritas en el Registro deAsociaciones de Consumidores de Cantabria, cuya convocatoria se realiza anualmente.

La disposición adicional décimo primera de la Ley de Cantabria 1/2017, de 24 de febrero, dePresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2017 estableceque "Con efectos 1 de enero de 2017 y vigencia indefinida, en desarrollo del artículo 16.3.k)de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y para su aplicación exclusiva a las subvenciones que se concedan en régimen de concurrencia competitiva,se podrá adelantar al beneficiario hasta un setenta y cinco por ciento de la subvención concedida previa constitución de garantías que cubra el importe anticipado salvo las previstas en elartículo 42 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. El abono del resto de la subvención deforma anticipada se producirá una vez que se haya justificado por el beneficiario el cumplimiento del objetivo, de la actividad, del proyecto, etc. que se corresponda con el porcentaje desubvención que fue inicialmente anticipado".

Ello hace necesario la modificación de los artículos 9 y 12 de la Orden INN/18/2016, de 31de mayo, para adecuar el pago de la subvención a la nueva normativa legalmente vigente enla Comunidad Autónoma. También se considera necesario aumentar el crédito destinado a lafinanciación de gastos corrientes de las asociaciones y la supresión como criterio de valoraciónde la aportación económica de la asociación a la actividad de difusión dada la dificultad técnicapara su valoración.

Esta modificación se realiza de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones y en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, deSubvenciones de Cantabria.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 33 f) de la Ley6/2002...

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