Orden IET/1944/2015, de 17 de septiembre, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se concede a Berkeley Minera España, SL, la autorización previa como instalación radiactiva de primera categoría del ciclo de combustible nuclear de la planta de fabricación de concentrados de uranio de Retortillo (Salamanca).

MarginalBOE-A-2015-10331
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

Con fecha 29 de marzo de 2012, la empresa Berkeley Minera España, S.L. (BME) presentó ante este Ministerio de Industria, Energía y Turismo una solicitud de autorización previa de la instalación radiactiva de primera categoría del ciclo de combustible nuclear «Planta Retortillo» (Salamanca) para la fabricación de concentrados de uranio, a partir del mineral extraído de los yacimientos de Retortillo y Santidad. A esta solicitud, presentada conforme a lo dispuesto por el artículo 37 del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, aprobado por Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, le acompañaba la documentación requerida por el artículo 14 del mencionado reglamento.

Con fecha 10 de abril de 2012, dicha solicitud fue remitida al Consejo de Seguridad Nuclear, para informe preceptivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.b de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear.

Dado que el proyecto promovido por BME, además de la «Planta Retortillo», que al tratarse de una instalación radiactiva de primera categoría del ciclo del combustible nuclear requiere autorización del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, contempla el aprovechamiento del recurso minero de los yacimientos uraníferos de Retortillo-Santidad, son necesarias, entre otras autorizaciones adicionales, la de concesión de explotación de dicho recurso minero por parte de la Junta de Castilla y León, al no tratarse de una reserva del Estado y estar transferida a dicha Junta esta competencia.

De acuerdo con lo anterior, con fecha 11 de octubre de 2011, BME solicitó a la Junta de Castilla y León la concesión de explotación derivada del permiso de investigación «Pedreras», con número 6.605-10, correspondiente a los yacimientos uraníferos de Retortillo-Santidad (Salamanca).

Con esta misma fecha, 11 de octubre de 2011, BME, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, presentó a la Junta de Castilla y León la solicitud del sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, acompañada del documento de inicio de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.1 del citado real decreto legislativo.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, como órgano administrativo medioambiental, por medio de la Orden FYM/796/2013, de 25 de septiembre, dictó la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto de explotación en la concesión de explotación para recursos de la Sección D), minerales de uranio, denominada Retortillo-Santidad número 6.605-10, en los términos municipales de Retortillo y Villavieja de Yeltes, provincia de Salamanca, promovido por BME. Dicha Consejería informó favorablemente el desarrollo del proyecto referido, siempre y cuando se cumplan las condiciones que se establecen en la referida Declaración de Impacto Ambiental.

Mediante escrito de fecha 30 de julio de 2013, el Consejo de Seguridad Nuclear informó a este Ministerio que el proyecto no se podía justificar en tanto que la Junta de Castilla y León no dictase resolución en el procedimiento de otorgamiento de la concesión de explotación minera de los yacimientos Retortillo-Santidad y, además, se requería información adicional, por lo que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.2 del Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas, solicitó la suspensión del procedimiento por un plazo no inferior a un año desde la presentación por BME de la información requerida en los Anexos del citado escrito del Consejo de Seguridad Nuclear.

A la vista de lo anterior, mediante Orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de 8 de noviembre de 2013, se suspendió el procedimiento de autorización previa de acuerdo con lo solicitado por el Consejo de Seguridad Nuclear.

Por su parte, por Resolución de 8 de abril de 2014, la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León resolvió el otorgamiento a BME de la concesión derivada de la explotación «Retortillo Santidad» número 6.605-10 recurso de la sección D) minerales de uranio, de la provincia de Salamanca.

El Consejo de Seguridad Nuclear, una vez recibida la información adicional remitida por BME, mediante escrito de fecha 10 de junio de 2014, informó a este Ministerio que la misma daba cumplimiento a lo establecido en la citada Orden de 8 de noviembre de 2013, por lo que se podía reanudar el procedimiento de autorización previa de la planta. En consecuencia, este Ministerio comunicó a BME que el cómputo del plazo de un año indicado en la Orden de suspensión se iniciaba a partir del 5 de abril de 2014.

Por otro lado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Tratado...

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