Orden ICT/1116/2021, de 7 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda para la apertura de mercados exteriores y se procede a su convocatoria en el año 2021.

MarginalBOE-A-2021-16789
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

I

El sector comercial exterior contribuye de manera importante a la economía española. El grado de apertura de la economía española, calculado como la suma de exportaciones e importaciones de bienes y servicios respecto al Producto Interior Bruto (PIB), se situó en 2020, año afectado por la pandemia, en casi el 60 por ciento. Esto supone que el comercio exterior es esencial para la economía española, de forma similar a lo que ocurre en otras economías de nuestro entorno.

El sector exterior tiene además un impacto relevante en el empleo. Según estimaciones realizadas en 2019, el empleo asociado a la demanda exterior rondaría los cinco millones, cifra nada desdeñable considerando que el peso de las exportaciones de bienes y servicios se situó ese año alrededor del 35 por ciento, y por encima del 30 por ciento en cuanto a 2020.

Una característica singular de la exportación española es el elevado peso de las pequeñas y medianas empresas (Pymes), caracterizadas por una mayor dificultad para acceder a información de mercados internacionales y necesitadas de incorporar innovación para ser competitivas en dicho escenario.

La acción de la Administración en apoyo a la internacionalización de las empresas exportadoras españolas se fundamenta en los objetivos definidos en los siete ejes de la «Estrategia de Internacionalización de la Economía Española 2017-2027». Los elevados costes del proceso de internacionalización impiden que muchas pequeñas y medianas empresas puedan llevarlos a cabo y que sólo las de mayor tamaño puedan acceder a los mercados exteriores. A lo anterior se unen los obstáculos que encuentran las empresas exportadoras españolas para el acceso a la innovación, tecnología, marca consolidada y digitalización, lo que les coloca en una situación de desventaja frente a otras empresas de la Unión Europea.

La situación actual con la pandemia internacional provocada por la COVID-19 ha traído consigo múltiples efectos, también en las relaciones comerciales y económicas, y por ello, en el sector exterior que ha visto acrecentar el número de barreras al acceso a los mercados internacionales.

II

El Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo singular y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un paquete de medidas económicas de gran alcance.

Como consecuencia de ese acuerdo, el Consejo de la Unión Europea adoptó el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Dicho mecanismo es el eje central de las medidas extraordinarias de recuperación de la Unión Europea y se enmarca dentro del Instrumento de Recuperación y Resiliencia que regula los fondos europeos «Next Generation EU».

Este Instrumento Europeo de Recuperación que implicará para España en torno a 140.000 millones de euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-2026, se basa en tres pilares entre los entre los cuales, el tercero se centra en el refuerzo de los programas clave de la Unión Europea para extraer las enseñanzas de la crisis, hacer que el mercado único funcione correctamente con Pymes sólidas y acelerar la doble transición ecológica y digital. Sobre la base de lo anterior, y con el fin de contribuir a la recuperación de la economía atenuando los efectos provocados por la COVID-19, el Gobierno de España ha elaborado el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, «España puede», que incluye diez políticas tractoras o palancas que van a incidir directamente en aquellos sectores productivos con mayor capacidad de transformación del tejido económico y social. Conforme a lo establecido en los artículos 18 y 20 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, el Plan ha sido aprobado por el Consejo el pasado 13 de julio de 2021.

En concreto, en la Política Palanca V: «Modernización y digitalización del tejido industrial y de la Pyme, recuperación del turismo e impulso a una España Nación Emprendedora», en el «Componente 13. Impulso a la Pyme», se recogen un conjunto de proyectos para el desarrollo de inversiones y reformas para la consecución de los siguientes objetivos: impulsar el emprendimiento y el crecimiento, facilitar la transición digital e impulsar la innovación empresarial, el apoyo al comercio, y promover la internacionalización. Este último gran objetivo se traduce en el refuerzo de las capacidades e instrumentos del sistema español de apoyo a la exportación, a la reactivación del comercio exterior y la inversión directa extranjera como factores dinamizadores de la recuperación económica, mediante una política activa de apertura de mercados y de lucha contra el proteccionismo.

III

La reducción de la dependencia de la exportación española de los mercados de la Unión Europea en los últimos veinte años (cuyo peso ha caído en más de 5 puntos porcentuales desde el año 2000) y la creciente importancia de las ventas a Asia, Norteamérica y África es un dato constatado: Estados Unidos, China y Japón representaron en 2020 casi un cuarto de las importaciones mundiales y pese a ello, la presencia de nuestras empresas exportadoras en dichos mercados es muy inferior a la que le correspondería a su cuota en el comercio internacional.

En este sentido, la exportación de productos agroalimentarios e industriales a países terceros no siempre es posible o se ve fuertemente obstaculizada, ya sea debido a la adopción de medidas de defensa comercial, o bien por la exigencia de certificaciones obligatorias de elevado coste, o el hecho de que un mercado esté cerrado por motivos sanitarios o fitosanitarios. En este contexto internacional con tendencias proteccionistas crecientes, el mantenimiento de ciertos mercados o su apertura es tarea difícil y muy costosa para los operadores.

La consultoría y asistencia jurídica para defender los intereses comerciales del sector exterior español para hacer frente a las barreras comerciales en terceros países y, en particular, defender los intereses del sector frente a los procedimientos de medidas de defensa comercial, es una herramienta fundamental para tratar de evitar que los mismos impongan medidas penalizadoras desproporcionadas e injustificadas cuyo efecto sea la pérdida de un mercado.

Por otro lado, dentro de la estrategia de diversificación de los destinos de exportaciones impulsada por la Secretaria de Estado de Comercio como medida de resiliencia, el sector exterior se enfrenta una creciente proliferación de certificaciones obligatorias, exigidas por un número creciente de países terceros, a la importación de determinados productos y exigidas en sus mercados, lo cual dificulta la apertura real de nuevos mercados al actuar como elemento disuasorio para la exportación a los mismos, debido al coste y complejidad de este tipo de procesos de certificaciones.

Sentado lo anterior, en numerosos países, la apertura de mercados requiere iniciar un largo y costoso proceso que discurre a través de la presentación de una solicitud formal por parte del país exportador, y conlleva generalmente la comprobación, inspección y certificación de determinadas cuestiones sanitarias o fitosanitarias. Estas comprobaciones y certificaciones se realizan mediante auditorías o visitas de inspectores o auditores del país importador a las empresas exportadoras como condición necesaria e ineludible para la apertura del mercado.

La preparación y ejecución de estas visitas genera unos gastos que deben ser sufragados por las empresas exportadoras a través de las Asociaciones o Federaciones e Exportadores de las que son miembros.

Teniendo en cuenta que cada mercado y cada producto requiere su propio proceso de apertura, el coste que deben asumir las empresas del sector, mayoritariamente Pymes, puede alcanzar valores importantes que actúan como un elemento disuasorio y limitante para su internacionalización y que, en todo caso, sitúa al sector español en situación de desventaja con respecto al de otros países que acceden a los mercados exteriores en condiciones menos onerosas, favoreciendo así su competitividad.

En otras ocasiones, los problemas no son de apertura de mercado, sino que proceden de la apertura de procedimientos de investigación de medidas de defensa comercial en el país de destino de nuestras exportaciones. La colaboración de las empresas exportadoras es fundamental para la defensa del sector en su conjunto, ya que la falta de respuesta puede suponer un aumento de la imposición de medidas en mayor grado penalizador. En estos casos, la consultoría y asistencia jurídica al sector exterior para hacer frente a procesos de medidas de defensa comercial, es una herramienta fundamental para tratar de evitar que estos procesos impongan medidas penalizadoras desproporcionadas e injustificadas cuyo efecto sea la pérdida de un mercado. Esta consultoría y asistencia jurídica conlleva elevados gastos que en ocasiones las empresas no pueden sufragar, y el apoyo de la Administración resulta necesario e imprescindible para no perder el acceso a mercado logrado.

La línea de ayudas regulada por esta orden va a tener por objetivo apoyar todo este tipo de actuaciones dirigidas a facilitar la internacionalización de las empresas españolas. Asimismo, se pretende abordar también la consultoría y asistencia jurídica para fomentar la protección y defensa de los derechos de propiedad intelectual de los productos agroalimentarios (Denominaciones de Origen Protegidas e Indicaciones Geográficas Protegidas, en adelante, las indicaciones geográficas) cuando éstos se vean usurpados en terceros mercados en los que la Unión Europea tenga...

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