Orden HAP/43/2021, de 9 de julio, por la que se modifica la Orden APH/2/2019, de 4 de febrero, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se regulan los extremos a comprobar en la fiscalización e intervención previa de requisitos básicos

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejera de Hacienda y Administracin Pblica
Rango de LeyOrden

En el ámbito nacional, se ha aprobado el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Esta norma, aprobada en el contexto de la crisis sanitaria y económica provocada por la COVID-19, tiene por objeto 'establecer las disposiciones generales precisas para facilitar la programación, presupuestación, gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos, en especial los provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación, aprobado por el Consejo Europeo del pasado 21 de julio de 2020 con la finalidad de impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo, recuperar y reparar los daños de la crisis ocasionada por la pandemia del SARS-CoV-2, y promover un proceso de transformación estructural mediante el impulso de la inversión pública y privada y el apoyo al tejido productivo, la aceleración de la doble transición ecológica y digital, y el refuerzo y aumento de la resiliencia y de la cohesión económica, social y territorial en el marco del mercado único europeo'. (artículo 1.1).

El Real Decreto-ley establece asimismo una serie de medidas para la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia e incorpora una serie de instrumentos de carácter general dirigidos a reducir las barreras normativas y administrativas, así como un conjunto de medidas de modernización de las administraciones públicas que permitan una gestión más ágil y eficiente de los fondos.

Con el objeto de facilitar, en el ámbito autonómico riojano, la gestión de los fondos comunitarios, recientemente se ha aprobado el Decreto 39/2021, de 8 de junio, por el que se aprueban medidas para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del Plan de Transformación de La Rioja. Este Decreto modifica varios artículos del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, incidiendo algunas de estas modificaciones en la regulación de cualquier tipo de subvención, es decir, sean o no ejecución de fondos comunitarios, lo que conlleva en todo caso que deba revisarse la Orden HAP/2/2019, de 4 de febrero, y adaptarla a la nueva redacción del citado Decreto. En lo que afecta específicamente a esta Orden, el Decreto 39/2021, en sus artículo 2.dos y seis, suprime la letra n) del artículo 17.1 y el apartado 3 del artículo 31 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, respectivamente, que contenían la obligación de informe técnico de los proyectos de obras subvencionadas cuyo coste de ejecución fuera superior a 180.000 euros, lo que implica eliminar los apartados correspondientes de la Orden HAP 2/2019 donde se recogían los extremos de control de este requisito, en particular, en sus...

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