Orden de 12 de abril de 1984 por la que se establecen Administraciones de Hacienda en la Delegación de Hacienda Especial de Castilla y León.
Marginal | BOE-A-1984-9206 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Orden |
Con el fin de llevar a cabo el proceso de establecimiento de Administraciones de Hacienda, y haciendo uso de la autorización que concede la disposición final primera del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero, procede aprobar la relación completa de Administraciones que han de funcionar, incluyendo en ella, por tanto, también las ya establecidas, estén o no en funcionamiento.
Esta relación se debe hacer para cada Delegación de Hacienda especial, con el fin de presentar con criterios de uniformidad una nueva realidad que proporcione mayor eficacia a la gestión tributaria.
En su virtud,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Primero.-En el ámbito territorial de la Delegación de Hacienda especial de Castilla y León existirán las siguientes Administraciones de Hacienda:
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Delegación de Hacienda de Burgos:
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Aranda de Duero.
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Miranda de Ebro.
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Delegación de Hacienda de León:
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Astorga
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Ponferrada.
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Delegación de Hacienda de Palencia:
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Aguilar de Campoo. 4. Delegación de Hacienda de Salamanca:
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Béjar.
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Ciudad Rodrigo.
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Delegación de Hacienda de Valladolid:
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Medina del Campo.
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Valladolid (capital).
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Delegación de Hacienda de Zamora:
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Benavente.
Segundo.-El ámbito territorial de cada una de las Administraciones de Hacienda, a que se refiere el número anterior, es el que se señala en el anexo que se acompaña a esta Orden.
Tercero.-La distribución de Administraciones de Hacienda que se establece en el número primero para la Delegación de Hacienda especial de Castilla y León sustituye, en su caso, a la prevista en Ordenes anteriores para las respectivas Delegaciones de Hacienda.
Cuarto.-Por Orden ministerial se determinará la estructura orgánica, las funciones y la fecha de iniciación de las actividades de cada una de las Administraciones de Hacienda que se establecen.
Madrid, 12 de abril de 1984.-P D., el Secretario de Estado de Hacienda, José Borrell Fontelles.
ANEXO
Ambito territorial de las Administraciones de Hacienda
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Delegación de Hacienda de Burgos:
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Administración de Aranda de Duero.-Abarca el área de la Zona Recaudatoria de Aranda de Duero.
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Administración de Miranda de Ebro.-Abarca el área de las Zonas Recaudatorias de Miranda de Ebro y Briviesca.
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Delegación de Hacienda de León:
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Administración de Astorga.-Abarca el área de las Zonas Recaudatorias de Astorga y La Bañeza.
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Administración de Ponferrada.-Abarca el área de las Zonas Recaudatorias de Ponferrada I y Ponferrada II.
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Delegación de Hacienda de...
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