ORDEN FYM/677/2018, de 12 de junio, por la que se modifica la Orden FYM/381/2017, de 4 de mayo, por la que se concede autorización ambiental para la planta de fabricación de tableros de fibra ubicada en el término municipal de Salas de los Infantes (Burgos), titularidad de «Kronospan MDF, S.L.», como consecuencia de la Modificación No Sustancial n.º 2 y n.º 3 (MNS 2-3).

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

Vistas las comunicaciones de KRONOSPAN MDF, S.L. de modificación no sustancial para la planta de fabricación de tableros de fibra ubicada en el término municipal de Salas de los Infantes (Burgos) y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La planta de fabricación de tableros de fibra ubicada en el término municipal de Salas de los Infantes (Burgos), titularidad de KRONOSPAN MDF, S.L., con código PRTR 7939, se encuentra, en funcionamiento, afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental:

* Orden FYM/381/2017, de 4 de mayo, por la que se concede autorización ambiental para la planta de fabricación de tableros de fibra ubicada en el término municipal de Salas de los Infantes (Burgos), titularidad de «Kronospan MDF, S.L.». (B.O.C. y L. n.º 99, de 26 de mayo de 2017).

* Orden FYM/809/2017, de 15 de septiembre, por la que se modifica la Orden FYM/381/2017, por la que se concede autorización ambiental para la planta de fabricación de tableros de fibra ubicada en el término municipal de Salas de los Infantes (Burgos), titularidad de «Kronospan MDF, S.L.», como consecuencia de la Modificación No Sustancial N.º 1 (MNS 1).

Segundo.- Con fecha 28 de agosto de 2017, tiene entrada la notificación de KRONOSPAN MDF, S.L. de modificación no sustancial 2, relativa al cerramiento del acopio de biomasa. La empresa considera que se trata de una modificación no sustancial. La empresa considera la modificación como no sustancial y adjunta informe al efecto.

Con fecha 15 de diciembre de 2017, la empresa ha notificado a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente una modificación no sustancial 3, consistente en la construcción de una nave para la depuradora de aguas residuales, que se traslada a la nueva ubicación. Igualmente la empresa adjunta documentación justificativa de modificación no sustancial.

Tercero.- Con fecha 19 de diciembre de 2017, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático ACUERDA acumular los expedientes de modificación no sustancial n.º 2 y n.º 3 (MNS 2-3) relativos a la planta de fabricación de tableros de fibra ubicada

en el término municipal de Salas de los Infantes (Burgos), titularidad de «Kronospan MDF, S.L.», que se siguen en este Servicio, para que sean tramitados en un único expediente.

Cuarto.- Con fecha 19 de diciembre de 2017, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático emite informe en lo relativo a la consideración como modificación no sustancial del cambio notificado.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 45.6 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre (en adelante texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León) con fecha 19 de diciembre de 2017, se inicia el trámite de audiencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR