ORDEN FYM/445/2019, de 15 de abril, por la que se modifica la Orden de 30 de septiembre de 2011, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental para una planta de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en el término municipal de La Bañeza (León), titularidad de «Ilunión Reciclados, S.A.U.», como consecuencia de la revisión de dicha autorización para la adaptación a la nueva normativa de RAEES.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

Visto el expediente de modificación de la autorización ambiental de la planta de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en el término municipal de La Bañeza (León) titularidad de Ilunión Reciclados, S.A.U. iniciado tras la publicación del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, en materia de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La planta de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, ubicada en el término municipal de La Bañeza (León), titularidad de ILUNIÓN RECICLADOS, S.A., con código PRTR 8508, se encuentra en funcionamiento, afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental:

* Orden de 30 de septiembre de 2011, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente relativa a la solicitud de autorización ambiental de FUNDOSA RECICLALIA, S.A. para una planta de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en el término municipal de La Bañeza (León). (B.O.C. y L. n.º 217, de 10 de noviembre).

* Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de autorizaciones ambientales integradas en Castilla y León. (B.O.C. y L. n.º 27, de 10 de febrero de 2014).

* Orden FYM/449/2014, de 21 de mayo, por la que se declara que procede iniciar la actividad en la planta de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, ubicada en La Bañeza (León), titularidad de FUNDOSA RECICLALIA, S.A. y se procede a la modificación de la Orden de 30 de septiembre de 2011 por la que se concede autorización ambiental a esa empresa, como consecuencia de la modificación no sustancial 1, (MNS n.º 1). (B.O.C. y L., n.º 110, de 11 de junio de 2014).

* Resolución, de 30 de octubre de 2015, de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental por la que se hace público el cambio de titularidad de la autorización ambiental concedida a FUNDOSA RECICLALIA, S.A. en favor de ILUNIÓN RECICLADOS, S.A.U. (B.O.C. y L., n.º 221, de 16 de noviembre de 2015).

Se encuentran pendientes de resolver dos modificaciones no sustanciales MNS-2 y MNS-3. Así mismo a esta instalación le es de aplicación la revisión de la autorización ambiental como consecuencia de la publicación de la DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 10 de agosto de 2018 (2018/1147/UE), por la que se establecen las Conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) para las instalaciones de tratamiento de residuos.

Segundo.- Con fecha 22 de junio de 2015, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de León remite escrito informando a Ilunion Reciclados, S.A.U. de la necesaria adaptación de las instalaciones al Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que deroga el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos y requiriendo la documentación establecida en la normativa aplicable.

El 24 de julio de 2015 se recibe solicitud de la empresa Ilunion Reciclados, S.A.U. de revisión de la autorización ambiental con el fin de adaptar la instalación de recogida de RAEE a la nueva normativa sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, junto con la documentación requerida.

Tercero.- Con fecha 28 de agosto de 2015 se remite escrito al Ayuntamiento de La Bañeza, a la Agencia de Protección Civil y al Servicio de Residuos y Suelos Contaminados, solicitando que se pronuncien, sobre las materias ambientales de su competencia, indicando qué documentación estiman necesario revisar.

Constan en el expediente sendos informes de fechas 25 de septiembre de 2015 y 11 de julio de 2016 de la Agencia de Protección Civil y del Servicio de Residuos y Suelos Contaminados respectivamente, en los que se recoge la documentación que debe presentan la empresa. El titular presenta la documentación requerida por los organismos en varias ocasiones a lo largo de la tramitación del expediente.

Igualmente consta en el expediente el informe de la visita de comprobación de las instalaciones realizada por personal del Laboratorio Regional de Calidad y del Servicio Territorial de Medio Ambiente de León el 20 de febrero de 2018.

Cuarto.- La Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, somete el expediente al trámite de Información Pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 139 de 21 de julio de 2017, y expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de La Bañeza, este trámite no se han recibido alegaciones.

Quinto.- Concluido el período de información pública, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, solicita informe a los siguientes organismos:

- Confederación Hidrográfica del Duero.

- Ayuntamiento de La Bañeza.

- Servicio Territorial de Medio Ambiente de León.

- Agencia de Protección Civil.

- Servicio de Residuos y Suelos Contaminados.

El contenido de los informes recibidos se tiene en cuenta para la modificación de la autorización ambiental.

Sexto.- Una vez realizada la evaluación ambiental del proyecto por parte del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, con fecha 11 de marzo de 2019, se inicia el trámite de audiencia a los interesados. No consta que se hayan recibido alegaciones.

Séptimo.- Con fecha 12 de abril de 2019, el Director General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, propone la modificación de oficio de la Orden de 30 de septiembre de 2011, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental para una planta de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en el término municipal de la Bañeza (León) titularidad de Ilunión Reciclados, S.A.U. como consecuencia de la revisión de dicha autorización para adaptación a la nueva normativa de RAEES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano administrativo competente para resolver sobre las solicitudes de autorización ambiental en el caso de actividades o instalaciones recogidas en los apartados A y B.1 del Anexo II del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre (en adelante texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León), es el titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 19 de dicha Ley. Igualmente, es el mismo titular el competente para resolver sobre las revisiones de las autorizaciones ambientales de dichas actividades o instalaciones conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, en el artículo 26 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre (en adelante texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación) y en el artículo 16, del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre (en adelante Reglamento de emisiones industriales).

Segundo.- El artículo 26.4 e) del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, recoge que la autorización ambiental será revisada de oficio cuando así lo exija la legislación sectorial que resulte de aplicación a la instalación o sea necesario cumplir normas nuevas o revisadas de calidad ambiental en virtud del artículo 22.3.

Por su parte, el artículo 24.3 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, recoge que los órganos que han de emitir informes preceptivos en materia de emisiones a la atmósfera, de producción y gestión de residuos y de control de riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, a los que se refiere el artículo 14, cuando estimen que concurren circunstancias para que la autorización ambiental sea revisada lo comunicarán al órgano competente para otorgarla, a fin de que inicie el procedimiento de revisión de oficio.

Con fecha 22 de febrero de 2015 entra en vigor el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que deroga el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. En la disposición transitoria quinta se establece que «las instalaciones de gestión de RAEE solicitarán en el plazo máximo de seis meses, desde la entrada en vigor, de este Real Decreto una revisión de su autorización, de conformidad con lo previsto en el artículo 37».

El Servicio de Residuos y Suelos Contaminados, con fecha 6 de octubre de 2017 en el que se recogen las condiciones a cumplir por la instalación para su adaptación en materia de RAEE.

En el contexto de revisión de la autorización ambiental, con fecha 6 de febrero de 2019, el Servicio de Residuos y Suelos Contaminados emite informe relativo a la adaptación de dicha autorización ambiental en materia de residuos según la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Tercero.- El expediente de revisión se ha tramitado conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, en el artículo 26 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y en el artículo 16, del Reglamento de emisiones industriales.

Cuarto.- Como consecuencia de la revisión procede la modificación de la Orden de 30 de septiembre de 2011, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente relativa a la solicitud de autorización ambiental de FUNDOSA RECICLALIA, S.A. para una planta de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en el término municipal de La Bañeza (León), en concreto, de los Anexos I y III, a los efectos de modificar la descripción de las instalaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR