ORDEN FORAL100E/2022, de 18 de marzo, de la consejera de Salud, por la que se crea el “Grupo Técnico de Trabajo de Atención Integrada a Mujeres Víctimas de Violencia y a sus hijas e hijos” del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 113 - 8 de junio de 2022 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL100E/2022, de 18 de marzo, de la consejera de Salud, por la que se crea el “Grupo Técnico de Trabajo de Atención Integrada a Mujeres Víctimas de Violencia y a sus hijas e hijos” del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. En septiembre de 2000, el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea aprobó el Plan de Coordinación Primaria-Especializada orientado, entre otras cosas, a incrementar la eficacia y eficiencia del sistema y sustentado en una constante relación entre clínicos de ambos niveles asistenciales.

Dicho Plan contempla una serie de objetivos estratégicos, entre los cuales figuran establecer cauces de relación entre responsables clínicos de ambos niveles asistenciales, y la elaboración de planes de mejora en las áreas clínicas o especialidades que en cada momento se consideren prioritarias.

El abordaje sociosanitario efectivo de la Violencia Contra las Mujeres y sus hijas e hijos, incluye la prevención, detección, atención y recuperación. Requiere un enfoque integral que tenga en cuenta los aspectos biológicos, psicológicos y sociales de la Violencia contra las Mujeres. Igualmente, requiere una atención continuista que incluya a las y los profesionales implicados en la atención a la misma, fundamentalmente: profesionales de Atención Primaria, Salud Mental, Atención Especializada, Servicios de Urgencias, Ginecología, Pediatría y Centros de Atención a la Salud Sexual y Reproductiva. Esta atención debe de acompañar a la mujer a lo largo del proceso.

La atención debe garantizar uniformidad e integración en toda la red de asistencia sociosanitaria en el ámbito de la Violencia Contra las Mujeres y sus hijas e hijos, con el objetivo de detectar, actuar y acompañar en la totalidad del proceso, a la mujer víctima de violencia, en los distintos ámbitos de atención primaria, especializada y hospitalización, como establece la Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actuar contra la Violencia hacia las Mujeres y promover actuaciones proactivas en las y los profesionales de salud.

Con el fin de garantizar los objetivos estratégicos mencionados, se consideró necesario constituir, en cada una de las especialidades o área clínicas citadas, un Grupo Técnico de Trabajo integrado por clínicos y técnicos de ambos niveles asistenciales.

El Servicio de Efectividad y Seguridad Asistencial del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea...

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