ORDEN FORAL 89/2022, de 31 de agosto, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se establece el procedimiento para constituir y cancelar depósitos en efectivo que resulten exigidos por la realización de actuaciones de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
BOLETÍN Nº 182 - 13 de septiembre de 2022 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 89/2022, de 31 de agosto, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se establece el procedimiento para constituir y cancelar depósitos en efectivo que resulten exigidos por la realización de actuaciones de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral y sus Organismos Autónomos. Se hace preciso articular el procedimiento necesario que permita dar soporte a la gestión de depósitos en metálico exigidos para la realización de actuaciones por parte de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos, regulando tanto la constitución del depósito como su cancelación.
La constitución y cancelación de estos depósitos constituirán cobros y pagos realizados por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
El control, gestión y registro de los depósitos constituidos de esta manera, será realizada por los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra competentes para la realización de las actuaciones a las que se refieran los depósitos.
En consecuencia, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 90.3 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra,
ORDENO:
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Podrán constituirse depósitos por particulares que pongan a disposición de otros particulares y que tengan por objeto dar cumplimiento a obligaciones que sean asumidas por órganos de la Comunidad Foral de Navarra, organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Igualmente, podrán constituirse depósitos por órganos de la Comunidad Foral de Navarra, organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a favor de particulares.
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A estos efectos, el órgano gestor que deba reconocer el efectivo cumplimiento, emitirá la correspondiente carta de pago vinculada al procedimiento administrativo de que se...
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