ORDEN FORAL 84E/2020, de 13 de agosto, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente la modificación estructurante del Plan Municipal de Ablitas, que afecta al artículo 53 de la normativa urbanística, promovida por Bodega Pago de Cirsus, S.L.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 202 - 8 de septiembre de 2020 1. Comunidad Foral de Navarra 1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo ORDEN FORAL 84E/2020, de 13 de agosto, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente la modificación estructurante del Plan Municipal de Ablitas, que afecta al artículo 53 de la normativa urbanística, promovida por Bodega Pago de Cirsus, S.L. El Ayuntamiento de Ablitas ha presentado ante el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Mediante Resolución 477E/2020, de 9 de junio, del Director General de Medio Ambiente se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación Estructurante del Plan Municipal de Ablitas, artículo 53, considerando que no genera afecciones ambientales significativas. Dicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 140, de 25 de junio de 2020.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente la modificación estructurante del Plan Municipal de Ablitas, que afecta al artículo 53 de la normativa urbanística, promovida por Bodega Pago de Cirsus, S.L.

  2. Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

    Y contra la normativa...

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