ORDEN FORAL 78/2023, de 7 de marzo, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se modifican las Órdenes Forales 85/2018, 86/2018, 87/2018 y 88/2018, de 20 de junio, de la consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por las que se establece, respectivamente, la composición de la Comisión de Evaluación de carrera profesional de Enfermeros de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos, excluido el Departamento de Salud y sus organismos autónomos, la composición de la Comisión de Evaluación de carrera profesional de Fisioterapeutas de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos, excluido el Departamento de Salud y sus organismos autónomos, la composición de la Comisión de Evaluación de carrera profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos, excluido el Departamento de Salud y sus organismos autónomos y la composición de la Comisión de ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 60 - 24 de marzo de 2023 1. Comunidad Foral de Navarra 1.2. Autoridades y Personal 1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones ORDEN FORAL 78/2023, de 7 de marzo, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se modifican las Órdenes Forales 85/2018, 86/2018, 87/2018 y 88/2018, de 20 de junio, de la consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por las que se establece, respectivamente, la composición de la Comisión de Evaluación de carrera profesional de Enfermeros de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos, excluido el Departamento de Salud y sus organismos autónomos, la composición de la Comisión de Evaluación de carrera profesional de Fisioterapeutas de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos, excluido el Departamento de Salud y sus organismos autónomos, la composición de la Comisión de Evaluación de carrera profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos, excluido el Departamento de Salud y sus organismos autónomos y la composición de la Comisión de Evaluación de carrera profesional de Logopedas de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos, excluido el Departamento de Salud y sus organismos autónomos. La Ley Foral 23/2016, de 21 de diciembre, por la que se establece el sistema de carrera profesional aplicable al personal diplomado sanitario, excluido el adscrito al Departamento de Salud y sus organismos autónomos, prevé en su artículo 6 la constitución de las Comisiones de Evaluación de la carrera profesional, que estarán integradas por cuatro miembros, dos designados por la Dirección General de Función Pública, uno designado por el colegio profesional que corresponda y otro designado por la comisión de personal del ámbito de adscripción del empleado.

El artículo citado dispone que la Presidencia y la Secretaría serán desempeñadas por los dos miembros que designe la Dirección General de Función Pública. También establece como requisito a cumplir por los otros dos miembros de la Comisión de Evaluación la pertenencia al colectivo de personal diplomado sanitario de que se trate.

Por último, la Ley Foral 23/2016, de 21 de diciembre, remite, en defecto de previsión expresa en la misma y en su normativa de desarrollo reglamentario, a lo dispuesto en la Ley Foral 8/2008, de 30 de mayo, por la que se establece el sistema de carrera profesional del...

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