Orden Foral 701/2018, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 29 de noviembre. Declaración informativa anual de los depósitos para la adquisición de participaciones en fondos europeos para el impulso a la innovación

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos
Rango de LeyOrden foral

La Norma Foral 2/2018, de 7 de marzo, de modificación de diversas normas y tributos del sistema tributario de Álava regula el tratamiento tributario de determinados fondos europeos relacionados con la innovación, la financiación de la actividad económica y la capitalización productiva.

Por la presente orden foral se aprueban los diseños físicos y lógicos del modelo 782 Declaración informativa anual de los depósitos para la adquisición de participaciones en fondos europeos para el impulso a la innovación.

Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Tributos Directos.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

DISPONGO

Primero. Aprobación de los diseños físicos y lógicos del modelo 782 Declaración informativa anual de los depósitos para la adquisición de participaciones en Fondos europeos para el impulso a la innovación.

Se aprueban los diseños físicos y lógicos a los que deberán ajustarse los soportes correspondientes al modelo 782, que figuran como anexo I a la presente.

Segundo. Obligados a presentar el modelo 782.

Estarán obligadas a presentar el modelo 782 de acuerdo con la normativa vigente, las entidades de crédito que comercialicen los depósitos destinados a la adquisición de participaciones en los Fondos europeos para el impulso de la innovación definidos en el artículo 10 de la Norma Foral 2/2018, de 7 de marzo, de modificación de diversas normas y tributos del sistema tributario de Álava cuando los suscriptores de los mismos tengan el domicilio fiscal en Álava.

Tercero. Formas de presentación del modelo 782.

El modelo 782 deberá presentarse obligatoriamente por medios electrónicos a través de sede electrónica o editran de acuerdo con los diseños físicos y lógicos contenidos en el anexo Ide la presente Orden Foral.

La presentación telemática de la declaración se realizará conforme al procedimiento establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 39/2010, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 3 de febrero, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet para determinados obligados tributarios y modelos.

Cuarto. Plazo de presentación del modelo 782.

La presentación del modelo 782 deberá realizarse los 30 primeros días naturales de enero del año inmediato siguiente, en relación con la información correspondiente al año natural inmediato anterior.

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