ORDEN FORAL 66E/2023, de 11 de mayo, de la consejera de Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 109 - 25 de mayo de 2023 1. Comunidad Foral de Navarra 1.4. Subvenciones, ayudas y becas ORDEN FORAL 66E/2023, de 11 de mayo, de la consejera de Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención "Convocatoria de ayudas a entidades locales para la realización de intervenciones arqueológicas y paleontológicas 2023". Identificación BDNS: 693279. El artículo 87 de la Ley Foral 14/2005 del Patrimonio Cultural de Navarra establece que el Departamento competente en materia de Cultura fomentará la investigación, documentación, conservación, recuperación, restauración y divulgación de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Navarra, a través de subvenciones y otras medidas económicas de fomento.La convocatoria tiene por objeto ayudar a los proyectos de intervención en el Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, promovidos por las Entidades Locales de la Comunidad Foral de Navarra. En cuanto promotores de las intervenciones, deben contar con la preceptiva licencia de intervención arqueológica aprobada en el Plan de excavaciones y prospecciones arqueológicas de la Comunidad Foral de Navarra durante 2023.La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva, y en el orden de prelación resultante de los puntos obtenidos de la aplicación de los criterios de valoración y limitaciones indicados en las bases reguladoras de la convocatoria, según establece el artículo 17 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.La dotación presupuestaria máxima es de 120.000 euros y la cuantía de la subvención a conceder para cada intervención no podrá ser superior al 75% del presupuesto aceptado y en ningún caso superará los 14.000 euros.Por todo lo cual, se solicita la aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a Entidades Locales de la Comunidad Foral de Navarra, para la promoción de intervenciones en el Patrimonio Arqueológico y Paleontológico de Navarra durante 2023, que se adjuntan en el expediente.Se propone asimismo autorizar un gasto de 120.000 (ciento veinte mil) euros, para hacer frente a las citadas subvenciones, con cargo a la partida A20001 A2100 4609 337100 "Ayudas a entidades locales para intervenciones en patrimonio", del presupuesto general de gastos de 2023.Asimismo, se informa de que procede la tramitación de la convocatoria por el procedimiento reglamentario y la publicación de sus bases reguladoras en el Boletín Oficial de Navarra.En consecuencia, en uso de las facultades que me reconoce el Decreto Foral 273/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Deporte.ORDENO:1. Aprobar la convocatoria de la subvención "Convocatoria de ayudas a entidades locales para la realización de intervenciones arqueológicas y paleontológicas 2023".2. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria, que se recogen en el anexo de esta orden foral.3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios siguientes, pudiéndose realizar modificaciones en función de las solicitudes recibidas:

PARTIDA PRESUPUESTARIA EJERCICIO IMPORTE
A20001-A2100-4609-337100: ayudas a entidades locales para intervenciones en patrimonio 2023 120.000,00
4. Publicar esta orden foral y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.5. Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.6. En el caso de Administraciones Públicas, contra esta orden foral podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa.Pamplona, 11 de mayo de 2023.–La consejera de Cultura y Deporte, Rebeca Esnaola Bermejo.BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, PARA LA PROMOCIÓN DE INTERVENCIONES EN EL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO Y PALEONTOLÓGICO DURANTE 20231.–Objeto de las subvenciones y régimen jurídico.1.1. Las presentes bases tienen por objeto regular las ayudas a entidades locales destinadas a promocionar la realización de intervenciones arqueológicas y paleontológicas en la Comunidad Foral de Navarra durante 2023.1.2. La concesión de las subvenciones se regirá por lo establecido en estas bases y en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones de Navarra.1.3. La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva, y en aplicación de los criterios de valoración indicados en la base 7, con las limitaciones establecidas en la base 4.2.–Requisitos de los beneficiarios.2.1. Podrán ser beneficiarias de subvención las entidades locales de Navarra que promuevan intervenciones arqueológicas en su ámbito territorial.2.2. Deberán reunir los siguientes requisitos:a) Cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.b) Hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.c) Disponer de la autorización de intervención arqueológica-paleontológica otorgada por el Plan de excavaciones y prospecciones arqueológicas de la Comunidad Foral de Navarra durante 2023.d) Acreditar mediante cualquiera de los medios de prueba admitidos en Derecho, la previa autorización de la persona titular del terreno sobre el que se pretenda desarrollar la intervención arqueológica.e) Acreditar haber obtenido el resto de las autorizaciones, licencias y permisos que la actividad requiera.2.3. Quedan excluidos expresamente de la concesión de estas subvenciones:a) Los solicitantes que, habiendo sido beneficiarios en campañas precedentes de autorizaciones de intervenciones arqueológicas en el yacimiento o ámbito territorial objeto de la solicitud, no estén al corriente de las obligaciones derivadas de dichas autorizaciones (entrega de las memorias, materiales, documentación del registro y la publicación científica).b) Los proyectos-yacimientos que habiendo siendo adjudicatario de una subvención de la convocatoria en el año precedente no hayan ejecutado el 75% del gasto presupuestado.c) Las intervenciones arqueológicas que tengan la condición de urgencia, según lo establecido por el artículo 58.2 de la Ley Foral 14/2005 del Patrimonio Cultural de Navarra.d) Las intervenciones que tengan inclusión más adecuada o expresa en otras convocatorias de ayudas del Gobierno de Navarra y en particular las relativas a la exhumación de restos humanos objeto de la Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936.e) Las actuaciones de difusión arqueológica y puesta en valor, tales como charlas, visitas guiadas, folletos, etc.f) Las intervenciones en campo que cuenten con una subvención nominativa en las partidas de 2023 de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.2.4. No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que se encuentren cumpliendo sanciones administrativas firmes, una sentencia firme condenatoria o, en su caso, estén pendientes del cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria, impuesta por ejercer o tolerar prácticas laborales...

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