ORDEN FORAL 6198/2018, de 6 de septiembre, del Diputado Foral del Departamento de Desarrollo Económico y Territorial, por la que se resuelve el trámite de información pública y se aprueban definitivamente los Mapas de Ruido de las carreteras forales de Bizkaia.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDiputacion Foral de Bizkaia
Rango de LeyOrden foral

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 del Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mediante la Orden Foral de referencia se ha dispuesto lo siguiente:

Primero.– Resolver el trámite de información pública de los Mapas de Ruido de las carreteras forales de Bizkaia, y publicar el resumen de las respuestas dadas a los ayuntamientos que han contestado dentro del plazo establecido para tal fin, conforme al documento elaborado por la Sección de Sostenibilidad Ambiental del Departamento de Desarrollo Económico y Territorial, que se incluye en el anexo.

Segundo.– Aprobar definitivamente los Mapas de Ruido de las carreteras forales de Bizkaia.

Tercero.– Publicar la presente Orden Foral en el «Boletín Oficial del País Vasco» y en el «Boletín Oficial de Bizkaia», indicándose expresamente que el contenido íntegro de los Mapas de Ruido de las carreteras forales de Bizkaia se encuentra a disposición de los ciudadanos en la página web del Departamento de Desarrollo Económico y Territorial, en el siguiente enlace:

http://www.bizkaia.eus/home2/Temas/DetalleTema.asp?Tem_Codigo=10993&&Idioma=CA

Cuarto.– Comunicar la presente Orden Foral, junto con una copia digitalizada y georreferenciada de los Mapas de Ruido aprobados, al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, al Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia, y a los Ayuntamientos que integran el Territorio Histórico de Bizkaia.

Quinto.– Contra la presente Orden Foral que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de que pueda interponerse, con carácter potestativo y previo a la vía contencioso-administrativa, recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la presente Resolución en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero, de Elección, Organización, Régimen y Funcionamiento de las Instituciones Forales del Territorio Histórico de Bizkaia; en los artículos 114 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 8.2, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Bilbao, a 6 de septiembre de 2018.

El Diputado Foral del Departamento de Desarrollo Económico y Territorial,

IMANOL PRADALES GIL.

El 21 de marzo el Departamento de Desarrollo Económico y Territorial, remite cada uno de los 112 Ayuntamientos que integran el Territorio Histórico de Bizkaia, CD conteniendo la propuesta de delimitación de los Mapas de Ruido, tal como preceptúa el artículo 12.1 del Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Transcurrido el plazo legalmente establecido, se recibe respuesta relativa a los Mapas de Ruido de los siguientes Ayuntamientos, citados conforme al orden de llegada de los informes:

Forua, Zierbena, Bermeo, Atxondo, Sondika, Abadiño, Durango, Morga, Sopuerta, Lemoa, Elorrio, Bilbao, Gorliz y Plentzia.

Estos informes han sido respondidos individualmente a cada uno de los mencionados ayuntamientos, y en su caso, se han realizado las correspondientes modificaciones antes de someter los Mapas al trámite de información pública.

Por otro lado y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del citado Decreto 213/2012, mediante anuncio en el BOB. n.º 103, de 30 de mayo y BOPV n.º 122, de 26 de junio de 2018, se publica Anuncio relativo al sometimiento al trámite de información pública de los Mapas de Ruido de las carreteras forales de Bizkaia.

El anuncio se publica igualmente en los diarios Deia y el Correo, en su edición del día 30 de mayo de 2018.

Transcurrido el plazo de información pública que establece el mencionado artículo 13 del Decreto 213/2012, se recibe informe del Ayuntamiento de Arrigorriaga, que se contesta al igual que en los anteriores casos, de forma individualizada.

– Informe número 1: Forua.

Registro de entrada n.º 5.606, de 11 de abril de 2018.

Resumen del informe:

El Ayuntamiento de Forua solicita que se tenga en consideración el Plan General Urbano aprobado inicialmente con fecha 27 de septiembre de 2017.

Respuesta:

Una vez analizado el mencionado Plan General Urbano del municipio de Forua, el Departamento de Desarrollo Económico y Territorial revisa la documentación acústica inicialmente elaborada y decide incluir un extracto referente a la afección acústica y las medidas contempladas en dicho Plan General, en la Memoria resumen sobre la realización de los Mapas de Ruido de la red de carreteras de la Diputación Foral de Bizkaia que discurre por el Municipio de Forua.

La Memoria resumen actualizada se ha incluido entre la documentación acústica sometida al trámite de información pública de los Mapas de Ruido de las carreteras forales, entre el 30 de mayo y el 23 de julio de 2018.

– Informe número 2: Zierbena.

Registro de entrada n.º 5.997, de 18 de abril de 2018.

Resumen del informe:

El Ayuntamiento de Zierbena indica que, hasta la ejecución de los nuevos accesos al Puerto de Bilbao previstos en el Plan Territorial Sectorial de Carreteras, las actuaciones a realizar para mitigar el impacto acústico deberán ser el mantenimiento del firme y el control de la velocidad de los vehículos en las carreteras forales que afectan al municipio.

Respuesta:

El Departamento de Desarrollo Económico y Territorial coincide con el contenido del escrito enviado por el Ayuntamiento de Zierbena y le informa que, en lo que se refiere al mantenimiento del firme, el Servicio de Conservación seguirá realizando las labores de conservación del mismo para mantenerlo en las debidas condiciones y mitigar de esta manera el impacto acústico generado por el tráfico en la carretera foral N-639.

En cuanto al control de velocidad, el Departamento de Desarrollo Económico y Territorial indica que la competencia es del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco.

– Informe número 3: Bermeo.

Registro de entrada n.º 6.143, de 20 de abril de 2018.

Resumen del informe:

El Ayuntamiento de Bermeo realiza una serie de consideraciones sobre distintos aspectos de los mapas de ruido de las carreteras forales, que se resumen a continuación:

  1. Indica en primer lugar que, en general, todas las carreteras forales muestran una afección por ruidos más reducida que la reflejada en el mapa de ruidos realizado por el Ayuntamiento de Bermeo el año 2015. Recuerda a este respecto que este mapa de ruidos de Bermeo se basó en los datos oficiales aprobados por la Diputación Foral. En consecuencia, solicita información relativa a los...

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