ORDEN FORAL 34E/2023, de 14 de febrero, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la disposición general de vedas de pesca para la temporada 2023.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 47 - 7 de marzo de 2023 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.3. Órdenes Forales ORDEN FORAL 34E/2023, de 14 de febrero, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la disposición general de vedas de pesca para la temporada 2023. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, corresponde al Gobierno de Navarra proteger, conservar, fomentar y ordenar el aprovechamiento de los recursos pesqueros de la Comunidad Foral de Navarra de acuerdo con criterios de sostenibilidad.

En este sentido, el artículo 70 de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra dispone que, con el fin de ordenar el aprovechamiento pesquero, la persona titular del Departamento con competencias en medio ambiente, aprobará anualmente las disposiciones generales de vedas referidas a las distintas especies que podrán ser objeto de aprovechamiento y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

La presente orden foral contiene así las determinaciones y regulaciones necesarias para el desarrollo de la pesca recreativa en Navarra, de forma compatible con la conservación de las poblaciones silvestres, asegurando así la sostenibilidad del recurso.

El medio fluvial que constituye el hábitat de la fauna acuícola viene siendo sometido a importantes tensiones consecuencia del cambio global, que obliga a ir adaptando continuamente el aprovechamiento de estos recursos, a la vez que demanda un importante esfuerzo en la mejora de las condiciones del hábitat, recuperando formaciones de ribera, protegiendo frezaderos, eliminando obstáculos al libre movimiento de la fauna, entre otras acciones, que la Dirección General de Medio Ambiente desarrolla desde hace años.

Navarra, como otras regiones europeas en la que está presente la especie, cuenta con un plan de gestión del salmón atlántico cuyo cumplimiento está siendo muy alto. Su objetivo es restaurar una población salvaje de salmón que pueda automantenerse en el tiempo, regulando la pesca recreativa del salmón de forma que no interfiera con ese objetivo. El monitoreo de la especie, los estudios sobre hábitat y genética, los refuerzos de población y las acciones de permeabilización se encuadran en este plan.

Además de los trabajos de producción de alevines en la piscifactoría y la repoblación anual, se trabaja desde hace años en la mejora del hábitat disponible para la especie, principalmente a través del incremento de la longitud de río a la que el salmón puede acceder sin o con pocas dificultades. Esto se consigue sobre todo con derribo de obstáculos y, cuando ello no es posible, con construcción de escalas y pasos para peces. Es importante recalcar que este trabajo, motivado principalmente por el salmón, tiene un efecto asimismo sobre el resto de especies de peces que conviven con él, lo cual supone una mejora global del hábitat fluvial.

Pese a estos trabajos, en los últimos años se ha venido detectando un empeoramiento de la situación del salmón, inducido en buena parte por las desfavorables condiciones climáticas e hidrológicas de su ámbito de distribución. Esta situación se produce en todo el ámbito sur de presencia de la especie en el Atlántico.

A partir de 2014, el salmón entró en una fase de declive poblacional que se ha visto agravada a partir de 2018 y, especialmente, en los dos últimos años, en los que el remonte de salmones se ha reducido de forma alarmante, coincidiendo con un escenario de muy pocas lluvias y temperaturas anormalmente altas.

Esta circunstancia, que puede llegar a comprometer la pervivencia de la especie, obliga a adoptar medidas excepcionales. Por ello, además de continuar con la producción de alevines en la piscifactoría, los trabajos de permeabilización y el resto de medidas que contempla el plan de gestión del salmón, se está trabajando en la creación de un grupo de trabajo, en el marco del proyecto LIFE Kantauribai, para abordar soluciones de manera conjunta con los actores implicados, tanto de la parte navarra y guipuzcoana, como de la parte francesa y ocupándose también del monitoreo y búsqueda de soluciones conjuntas en el tramo internacional y con competencia de la Comandancia de Marina. Además, el recién comenzado proyecto LIFE Kantauribai ha de suponer un gran impulso a la mejora del hábitat de esta especie, especialmente por la eliminación de obstáculos y permeabilización de otros, en minimizar los impactos de los aprovechamientos hidroeléctricos, pero también por la mejora de las formaciones de bosque de ribera que se prevén.

Además, la gravedad de la situación de esta especie, y los escasos ejemplares que comprometen la pervivencia del salmón en el Bidasoa, obliga a la parada biológica de la pesca del salmón durante esta temporada 2023. Por ello, esta especie no se incluye en la presente orden de vedas de pesca.

En su virtud, previo informe de la Comisión Asesora de Pesca y del Consejo Navarro de Medio Ambiente, y de acuerdo con la competencia que tengo atribuida por el artículo 70.1 de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar la disposición general de vedas de pesca para la temporada 2023 que se incorpora como anexo.

  2. Publicar esta orden foral y su anexo, disposición general de vedas para la temporada 2023, en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 14 de febrero de 2023.–La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez López.

DISPOSICIÓN GENERAL DE VEDAS DE PESCA PARA EL AÑO 2023 Artículos 1 a 27
CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 13
Artículo 1 Objeto y finalidad.

El objeto de esta orden foral es establecer las especies que pueden ser objeto de aprovechamiento pesquero en Navarra en el año 2023, así como las zonas, épocas, días y períodos hábiles, según las distintas especies o modalidades y de las limitaciones generales en beneficio de las especies susceptibles de aprovechamiento, así como de las medidas preventivas para su control.

Asimismo, es objeto de la orden foral adoptar medidas de control efectivo de las poblaciones de especies exóticas invasoras mediante la captura y, en su caso, eliminación de los ejemplares capturados.

Artículo 2 Ejercicio de la pesca en Navarra durante la temporada 2023.
  1. El ejercicio de la pesca en Navarra durante la temporada 2023 deberá llevarse a cabo de acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Pesca y Caza de Navarra, en su reglamento de desarrollo y en la presente orden foral.

  2. En los tramos de río que hacen frontera con otros territorios, el pescador deberá cumplir a todos los efectos la normativa y requisitos vigentes en la Comunidad Foral de Navarra, siempre que el acto de la pesca se realice desde territorio navarro.

Artículo 3 Zonificación de las aguas a efectos pesqueros y aguas embalsadas.
  1. A efectos de la presente disposición, los tramos de los ríos y masas de agua de Navarra se zonifican en la Región Salmonícola y Ciprinícola de acuerdo con lo previsto en la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Pesca y Caza de Navarra.

  2. La pesca en las aguas embalsadas se regirá por lo previsto para la región piscícola de los cauces a los que viertan sus aguas. En el caso de cuencas endorreicas o cerradas se regirá por lo previsto para la región piscícola con el cauce más próximo. El embalse de Yesa se considera Región Ciprinícola.

En el caso de los embalses, balsas de riego y similares, el acceso al perímetro circundante de las aguas embalsadas es prerrogativa del titular de dichas aguas, quien en su caso puede autorizar o prohibir el acceso a las mismas, quedando el derecho a la pesca supeditado al derecho de acceso al público general.

Artículo 4 Permisos de pesca.

Para pescar cualquier especie autorizada en la Región Salmonícola Superior, en el Tramo Salmonero y en los Escenarios Deportivos de pesca de la Región Ciprinícola, además de la licencia de pesca es necesario disponer de un permiso diario especial, personal e intransferible, que será expedido por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

  1. Permisos para la Región Salmonícola Superior:

    Los menores de 16 años estarán exentos de dicho permiso para la pesca en los tramos de río dentro del núcleo urbano de todas las cuencas, durante el período hábil para la Región Salmonícola Superior y únicamente la modalidad de captura y suelta.

    Los permisos podrán ser para pesca extractiva o para la modalidad de captura y suelta. En el caso de solicitar un permiso de captura y suelta únicamente se podrá pescar de acuerdo a dicha modalidad; en el caso de pesca extractiva se podrá realizar cualquiera de las dos modalidades siempre que se respeten las condiciones establecidas para cada una de ellas, pero no se podrá acceder a un tramo de captura y suelta con un permiso de pesca extractiva.

    El número máximo de permisos a conceder para cada cuenca pesquera es el siguiente:

    –Baztan-Bidasoa: 9.455 permisos.

    –Oria-Urumea: 4.667 permisos.

    En las cuencas abajo relacionadas, los permisos serán únicamente para la modalidad de captura y suelta (excepto parte de los cotos de trucha).

    –Ega-Urederra: 467 permisos.

    Coto de Zudaire: 260 permisos. –Arakil- Larraun: 882 permisos.

    –Arga-Ultzama: 1.115 permisos.

    Coto de Eugi: 441 permisos. –Irati-Erro: 361 permisos.

  2. Permisos para el Tramo Salmonero:

    El Tramo Salmonero durante la temporada 2023 permanecerá vedado.

  3. Permisos para los Escenarios Deportivos de Pesca de la Región Ciprinícola:

    No existe un límite anual de permisos por pescador y año. El número máximo de permisos reservados antes de que sean disfrutados es de 5.

    En función de los acuerdos previamente establecidos, las entidades encargadas del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR