ORDEN FORAL 305/2015, de 15 de diciembre, del Consejero de Derechos Sociales, por la que se desarrolla la estructura de dicho Departamento y de sus organismos autónomos, a nivel de negociados y unidades inferiores a sección.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 8/2015, de 22 de julio, se estableció la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y mediante Decreto Foral 52/2015, de 12 de agosto, se estableció la estructura básica del Departamento de Derechos Sociales.

A su vez, mediante Decreto Foral 128/2015, de 28 de agosto, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, mediante Decreto Foral 172/2015, de 3 de septiembre, se aprobaron los Estatutos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas y mediante Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, los del Servicio Navarro de Empleo.

En dichos Decretos Forales se regulan, entre otras cuestiones, la estructura orgánica tanto del propio Departamento como de sus organismos autónomos hasta el nivel de sección.

Las modificaciones orgánicas operadas por estos Decretos Forales exigen adaptar la estructura de negociados y unidades inferiores a la sección a los mismos.

La Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en su artículo 24.4, establece que los negociados y otras unidades inferiores a las secciones se crearán, modificarán y suprimirán mediante orden foral del Consejero titular del Departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 6

Objeto y estructura general

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden Foral tiene por objeto el desarrollo de la estructura del Departamento de Derechos Sociales a nivel de negociados y otras unidades inferiores a la sección, incluidos los de los organismos autónomos adscritos a dicho Departamento.

Artículo 2 Estructura de la Secretaría General Técnica.

La Secretaría General Técnica del Departamento de Derechos Sociales se estructura en los siguientes negociados:

–Negociado de Gestión de Personal.

–Negociado de Registro y Archivo.

–Negociado de Asuntos Administrativos.

–Negociado de Contabilidad y Gestión Presupuestaria.

–Negociado de Control Jurídico y Mediación de Vivienda.

Artículo 3 Estructura de la Dirección General de Inclusión y Protección Social.

La Dirección General de Inclusión y Protección Social se estructura en los siguientes Negociados:

  1. Dependiendo del Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo:

    –Negociado de Pensiones.

  2. Dependiendo del Servicio de Vivienda:

    –Negociado de Tramitación de Expedientes en materia de Edificación.

    –Negociado de Financiación de Viviendas.

  3. Dependiendo del Servicio de Atención Primaria e Inclusión Social:

    –Negociado de Coordinación con Entidades Locales y Servicios Sociales de Base.

Artículo 4 Estructura de la Dirección General de Observatorio de la Realidad Social, de Planificación y de Evaluación de las Políticas Sociales.

Dependiendo del Servicio del Observatorio de la Realidad Social:

–Negociado de Coordinación de Planes Generales.

–Negociado de Seguimiento del Empleo.

–Negociado de Producción y Difusión de Documento de Planificación.

Artículo 5 Estructura de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas.
  1. La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas se estructura en los siguientes Negociados:

    1. Dependiendo de la Subdirección de Valoración y Servicios:

      –Negociado de Centros de Personas con Discapacidad.

      –Negociado de Gestión y Control de Deuda.

      –Negociado de Programas Individuales de Atención.

    2. Dependiendo de la Subdirección de Gestión y Recursos:

      –Negociado de Coordinación con Entidades.

      –Negociado de Gestión Administrativa para Programas.

      –Negociado de Suministros.

    3. Dependiendo de la Subdirección de Familia y Menores:

      –Negociado de Familia.

      –Negociado de Asuntos Administrativos.

      –Negociado de Atención a Menores en Dificultad Social.

      –Negociado de Atención a Menores en Conflicto Social y Reforma.

      –Negociado de Acogimiento Familiar.

      –Negociado de Adopción.

  2. Los centros dependientes de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas se estructuran en las siguientes unidades administrativas, con rango de negociado:

    1. Dependiendo de la Residencia El Vergel:

      –Unidad de Coordinación de Enfermería.

      –Unidad de Mantenimiento.

      –Unidad de Cocina.

    2. Dependiendo del Centro San José:

      –Unidad de Coordinación de Cuidadores.

    3. Dependiendo de la Residencia Santo Domingo:

      –Unidad de Gestión Administrativa.

Artículo 6 Estructura del Servicio Navarro de Empleo.
  1. El Servicio Navarro de Empleo se estructura en los siguientes Negociados:

    1. Dependiendo de la Dirección Gerencia:

      –Negociado de Secretaría de Dirección.

    2. Dependiendo del Servicio de Asistencia y Gestión Administrativa:

      –Negociado de Control Administrativo.

      –Negociado de Registro y Personal.

      –Negociado de Contabilidad.

    3. Dependiendo del Servicio de Desarrollo de Competencias Profesionales:

      –Negociado de Centro de Referencia Nacional de Energías Renovables y Eficiencia Energética - Área de formación para el Empleo.

      –Negociado de Diseño de la Programación.

      –Negociado de Proyectos Singulares y Acompañamiento a la Formación.

      –Negociado de Seguimiento y Evaluación.

      –Negociado de Despliegue de Medidas.

      –Negociado de Centro Iturrondo.

      –Negociado de Acreditación de Competencias.

      –Negociado de Comunicación Externa.

    4. Dependiendo del Servicio de Orientación, Fomento del Empleo y Servicios a Empresas:

      –Negociado de Apoyo a la Inserción Laboral de Discapacitados.

      –Negociado de Coordinación y Acreditación de Centros.

      –Negociado de Programas Internacionales.

      –Negociado de Activación Laboral.

      –Negociado de Apoyo para la Inserción Laboral.

      –Negociado de Ayudas a Entidades Locales, Entidades sin ánimo de lucro y Entidades de economía social.

      –Negociado de Contratos y Ofertas de Empleo.

  2. Asimismo, con rango inferior a sección, se estructura en las siguientes unidades administrativas:

    –Área de Trabajadores de las Agencias de Empleo de Pamplona Ensanche, Pamplona Yamaguchi, Pamplona Rochapea y Tudela.

    –Área empresas Tudela.

    –Agencias de Empleo de Tafalla, Estella/Lizarra, Altsasu/Alsasua, Lodosa, Doneztebe/Santesteban y Aoiz.

    –Áreas de Empleo de Tafalla, Estella/Lizarra, Altsasu/Alsasua y Lodosa.

CAPÍTULO II Artículos 7 a 11

Secretaría General Técnica

Artículo 7 Negociado Gestión de Personal.

El Negociado de Gestión de Personal se adscribe a la Secretaría General Técnica y ejercerá las siguientes funciones en relación con el personal cuya gestión corresponde a la Secretaría General Técnica:

  1. Apertura, mantenimiento y actualización de los expedientes de personal.

  2. Tramitación de los documentos relativos a gastos de personal que se pagan por nómina.

  3. Gestión administrativa ordinaria de los asuntos en materia de personal.

  4. Inspección y control del cumplimiento de la normativa en materia de personal.

  5. Control de la asistencia y puntualidad del personal.

  6. Control del gasto racional en las horas extraordinarias, dietas, locomoción y gastos variables.

  7. Gestión y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

  8. Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Artículo 8 Negociado de Registro y Archivo.

El Negociado de Registro y Archivo se adscribe a la Secretaría General Técnica y ejercerá las siguientes funciones:

  1. Las atribuidas a los Registros Generales por la normativa reguladora de los Registros de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

  2. Distribución a las Secciones del Departamento y de sus organismos autónomos de los expedientes y documentos que se registran por el Negociado que sean de su competencia.

  3. Organización y mantenimiento del archivo de expedientes del Departamento y de sus organismos autónomos que se archivan en la sede de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas.

  4. Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Artículo 9 Negociado de Asuntos Administrativos.

El Negociado de Asuntos Administrativos se adscribe a la Secretaría General Técnica y ejercerá las siguientes funciones:

  1. Coordinación de las actuaciones encaminadas a la preparación de las propuestas de Orden Foral, así como las de Resolución tanto del Departamento como de sus organismos autónomos, que deban ser incluidas en el orden del día.

  2. Elaboración del orden del día de las Órdenes Forales así como de las Resoluciones de las Direcciones Generales y de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas y la organización y archivo de las mismas.

  3. Remisión al Boletín Oficial de Navarra de los documentos que deban ser objeto de publicación en el mismo.

  4. Coordinación de las actuaciones encaminadas a la notificación de las Órdenes Forales y de las Resoluciones.

  5. Gestión y archivo de los expedientes propios de su área competencial.

  6. Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

Artículo 10 Negociado de Contabilidad y Gestión Presupuestaria.

El Negociado de Contabilidad y Gestión Presupuestaria se adscribe a la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria y ejercerá las siguientes funciones:

  1. Elaboración de los...

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