Orden Foral 242/2021, de 13 de septiembre. Aprobación definitiva con condiciones del expediente de 1ª modificación del plan especial de rehabilitación integrada del Casco Histórico de Peñacerrada

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

El 10 de julio de 2019 tuvo entrada en el Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra el documento para la 1ª modificación del plan especial de rehabilitación integrada (PERI) del Casco Histórico de Peñacerrada, de junio de 2019, redactado por el arquitecto Javier Lizaso López de Aberasturi.

Con fecha 30 de septiembre de 2019, se emitió informe sobre las contestaciones a la encuesta y jornada de participación ciudadana realizada por el Ayuntamiento del 19 de julio de 2019 hasta el 15 de septiembre de 2019.

La 1ª modificación del PERI del Casco Histórico de Peñacerrada ha sido sometida a evaluación ambiental estratégica simplificada. Por Orden Foral 185/2019, de 17 de julio, del Diputado de Medio Ambiente y Urbanismo, publicada en el BOTHA 87, de 29 de julio de 2019, se formuló el informe ambiental estratégico, estableciéndose la obligación de incorporar al texto de la modificación varias consideraciones. El documento aprobado provisionalmente mediante Acuerdo del Pleno de noviembre de 2020, incorpora los condicionantes de la Orden Foral 185/2019.

Mediante Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra 130/2019, de 9 de octubre, se aprobó inicialmente la 1ª modificación del PERI del Casco Histórico de Peñacerrada. Dicha resolución fue notificada a la Junta Administrativa de Peñacerrada-Urizaharra, el 25 de octubre de 2019.

Fue publicado anuncio de la aprobación inicial en el BOTHA 125, del 28 de octubre de 2019, en el periódico El Correo y en el Diario de Noticias de Álava, ambos el 28 de octubre de 2020, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Tras la publicación de la aprobación inicial se recibieron 5 alegaciones, todas dentro de plazo.

El 13 de enero de 2020 tuvo entrada en el Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra, informe de la Dirección de Patrimonio Cultural del Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco.

En las conclusiones, expresa que, en términos generales, el contenido de la modificación del PERI se adapta correctamente a la normativa sectorial en materia de patrimonio cultural; realiza recomendaciones y considera necesario adecuar la normativa del PERI, en lo que se refiere al patrimonio arqueológico, a las prescripciones de la Ley 6/2019, de Patrimonio Cultural.

El 3 de abril de 2020, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra, en representación del grupo de trabajo de la Corporación del Ayuntamiento, presentó escrito sobre las alegaciones presentadas a la aprobación inicial.

El 10 de junio de 2020, la Junta Administrativa de Peñacerrada-Urizaharra emitió certificado sobre la suficiencia de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento existentes para garantizar las demandas y cargas previstas en la nueva ordenación urbanística proyectada.

El 30 de julio de 2020 el arquitecto Javier Lizaso López, como equipo redactor, emitió informe en relación a las alegaciones presentadas tras la aprobación inicial, presentando propuesta de resolución.

En sesión celebrada el 4 de agosto de 2020, el Pleno del Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra, acordó por mayoría de los corporativos asistentes, desestimar/estimar-parcialmente las alegaciones presentadas y aprobar provisionalmente la 1ª modificación del PERI del Casco Histórico de Peñacerrada.

El acuerdo fue notificado a quienes presentaron alegaciones, interponiéndose frente a la aprobación provisional cinco recursos de reposición.

El 9 de octubre de 2020, el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco, emitió informe, concluyendo que la nueva delimitación del ámbito que plantea la modificación del plan especial de rehabilitación del Casco Histórico de Peñacerrada se considera correcta; que no pone objeción al expediente de modificación por cuanto no supone ninguna vinculación económica más allá de las asumibles por ese Departamento; y que tampoco supone modificación alguna en la delimitación del área de rehabilitación integrada, por lo que no procede la incoación del expediente de declaración de una nueva área de rehabilitación integrada.

El 26 de octubre de 2020, el Servicio de Sostenibilidad Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, informó que dicho Servicio en fecha 11 de junio de 2019 emitió informe ambiental estratégico, publicado mediante Orden Foral 185/2019, de 17 de julio, y que tratándose de un procedimiento simplificado, no cabe emitir la "Memoria Ambiental".

El 9 de noviembre de 2020, el arquitecto Javier Lizaso López de Aberasturi, como equipo redactor, informó sobre los recursos de reposición formulados frente a la aprobación provisional, presentando propuesta de resolución.

El 10 de noviembre de 2020, el Área de Administraciones Públicas de la Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, emitió informe favorable del artículo 5.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, condicionado a la corrección de los errores detectados en el instrumento de planeamiento urbanístico respecto a la legislación vigente.

El Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra en sesión plenaria de 10 de noviembre de 2020, acordó estimar/estimar-parcialmente/desestimar, los recursos de reposición presentados frente a la aprobación provisional, así como la remisión del acuerdo junto a la 1ª modificación del PERI del Casco Histórico de Peñacerrada, al Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava para su aprobación definitiva.

Mediante escritos con fechas de entrada en el Registro General de la Diputación Foral de 30 de noviembre y 14 de diciembre de 2020, el Ayuntamiento de Peñacerrada remite al Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava el documento de "1ª modificación del PERI del Casco Histórico de Peñacerrada", para su aprobación definitiva.

El 22 de diciembre de 2020, el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo efectúa requerimiento de documentación al Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra; con advertencia de que en tanto no sea remitida la misma, no comenzará el cómputo del plazo de dos meses para la aprobación definitiva.

Mediante escrito de fecha 21 de abril de 2021, el arquitecto Javier Lizaso López de Aberasturi, tras diferentes consultas de particulares sobre obras a realizar, estima conveniente aclarar la redacción y el sentido de alguno de los artículos de la normativa del PERI, en concreto los referentes a "Edificaciones existentes. 2.6 Ventanas y Carpinterías. Carpinterías en nueva edificación. 36.4", para su aprobación e incorporación al texto normativo.

Previo informe del Secretario municipal de fecha 5 de mayo de 2021, donde se califica la aclaración como modificación no sustancial, en sesión plenaria de 11 de mayo de 2021, el Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra, acuerda aprobar la nueva redacción de los artículos 32.6 y 36.4 sobre ventanas y carpinterías de la Normativa de la 1ª modificación del PERI del Casco Histórico de Peñacerrada, así como la integración de la nueva redacción en la normativa de la modificación.

El 4 de junio de 2021, la Agencia Vasca del Agua (URA), remite al Ayuntamiento de Peñacerrada-Urizaharra, informe favorable de 22 de abril de...

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