ORDEN FORAL 19E/2019, de 26 de febrero, de la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la “Convocatoria de ayudas a empresas y profesionales de cinematografía para la participación en ferias, festivales y eventos profesionales. Generazinema Exporta 2019”. Identificación BDNS: 441703.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Según Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 6 de febrero de 2019, se autoriza a la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud la aprobación, en régimen de evaluación individualizada, de la convocatoria destinada a subvencionar la participación en ferias, festivales y eventos profesionales de empresas y profesionales de cinematografía.

El Servicio de Acción Cultural presenta informe en el que solicita la aprobación de la “Convocatoria de ayudas a empresas y profesionales de cinematografía para la participación en ferias, festivales y eventos profesionales. Generazinema Exporta 2019”, la aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria, la autorización del gasto que asciende a 15.000,00 euros, y la publicación de esta Orden Foral y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra, y teniendo en cuenta que se cumplen tanto la finalidad como los requisitos y las obligaciones legalmente establecidas para autorizar el mencionado gasto y obrando en el expediente la conformidad de la Intervención Delegada.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 199/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de la subvención Convocatoria de ayudas a empresas y profesionales de cinematografía para la participación en ferias, festivales y eventos profesionales. Generazinema Exporta 2019.

  2. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria, que se recogen en el Anexo de esta Orden Foral.

  3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios siguientes:

    PARTIDA PRESUPUESTARIA EJERCICIO IMPORTE
    A20002-A2510-4709-334103: Artem Exporta: Ayudas a eventos, festivales y certámenes de artes escénicas 2019 15.000,00
    4. Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra
  4. Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

    Pamplona, 26 de febrero de 2019.–la Consejera de Cultura, Deporte y Juventud, Ana Herrera Isasi.

    BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A EMPRESAS Y PROFESIONALES PARA LA PARTICIPACIÓN EN FERIAS, FESTIVALES Y EVENTOS PROFESIONALES DE CINEMATOGRAFÍA. GENERAZINEMA EXPORTA

    1. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación de las subvenciones.

      1.1. La convocatoria tiene por objeto regular, en régimen de evaluación individualizada, las ayudas a la participación de empresas y profesionales en ferias, festivales y eventos profesionales de cinematografía, con el fin de apoyar la exhibición y acciones comerciales de películas del sector audiovisual profesional navarro, y de promover su proyección fuera de la Comunidad Foral.

      1.2. Las actividades objeto de esta convocatoria tendrán lugar entre el 1 de noviembre del 2018 y el 31 de octubre de 2019, ambos inclusive.

      1.3. Se podrá solicitar ayuda a varias ferias, festivales o eventos profesionales en una misma solicitud.

      1.4. Las personas y entidades solicitantes podrán presentar varias solicitudes hasta la fecha establecida en la base 4.1, siempre que se solicite la ayuda para diferentes ferias, festivales y eventos profesionales de cinematografía. La suma de todas las solicitudes de ayuda tendrá el límite máximo de ayuda por solicitante establecido en la base 3.2.

    2. Requisitos de los solicitantes.

      2.1. Podrán acceder a las ayudas establecidas en esta convocatoria las siguientes personas y entidades:

      1. Personas físicas que sean naturales o estén empadronadas en la Comunidad Foral de Navarra al menos desde el 1 enero de 2018.

      2. Sociedades mercantiles, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica.

        Estas entidades deberán tener su domicilio social y venir desarrollando su actividad en la Comunidad Foral de Navarra al menos desde el 1 de enero de 2018. Además, deberán tener social o estatutariamente como objeto o fin social el desarrollo de actividades audiovisuales o cinematográficas.

        2.2. Las personas físicas y entidades referidas en el apartado anterior deberán estar dadas de alta, en el momento de presentación de la solicitud, en cualquiera de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas-I.A.E señalados en el punto 4.3. de estas bases.

        2.3. Quedan expresamente excluidas de la condición de beneficiarios:

      3. Entidades locales, sus organismos autónomos, entidades públicas empresariales, fundaciones y sociedades públicas participadas mayoritariamente por entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra.

      4. Entidades que tengan partida nominativa en los presupuestos del Gobierno de Navarra de 2019.

      5. Centros educativos o de enseñanzas artísticas, escuelas y/o academias.

      6. Asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, sindicatos, asociaciones empresariales, colegios profesionales y asociaciones profesionales.

        2.4. Las entidades solicitantes que carezcan de personalidad jurídica deberán nombrar a una persona representante o apoderada única con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, le correspondan.

        2.5. Los beneficiarios deben cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas personas y entidades en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del citado artículo.

    3. Cuantía de la convocatoria e importe de las ayudas.

      3.1. Esta convocatoria contará con una cuantía total de 15.000 euros, con cargo a la partida A20002 A2510 4709 334103, denominada “Artem Exporta: Ayudas a eventos, festivales y certámenes de artes escénicas”, del Presupuesto aprobado para 2019.

      3.2. La cuantía de la ayudas no podrá exceder el 60% del presupuesto aceptado, hasta un máximo de 3.000 euros por solicitante.

      El presupuesto aceptado será el resultante de minorar el presupuesto presentado por el solicitante en las cuantías correspondientes de gastos no subvencionables de acuerdo con lo establecido en la base 5.ª de esta convocatoria y en las cuantías correspondientes a actividades que, a juicio de la Comisión de valoración, no resulten necesarias para el desarrollo del proyecto o bien no sean objeto de esta convocatoria.

      3.3. Siempre que se cumplan los límites anteriores, y aplicada en su caso la minoración correspondiente, la cuantía de la ayuda será la solicitada por la empresa o profesional, hasta que exista consignación presupuestaria.

      3.4. La concesión de las ayudas se tramitará por el régimen de evaluación individualizada, siendo tramitados y resueltos los expedientes conforme se vayan presentando las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario.

      3.5. Si alguno de los beneficiarios renunciara a la ayuda, ésta se otorgaría al siguiente solicitante que no hubiera obtenido la subvención, siempre que éste hubiera superado el mínimo exigido.

      3.6. En el caso de que se hubieran agotado las disponibilidades presupuestarias dentro de los plazos establecidos por esta convocatoria, el Director General de Cultura-Institución Príncipe de Viana declarará cerrado el plazo de admisión de solicitudes, en razón del agotamiento de los fondos consignados a tal fin, mediante resolución publicada en la web del Gobierno de Navarra http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ y en el tablón de anuncios del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud.

    4. Presentación de solicitudes y documentación exigida.

      4.1. Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de estas Bases Reguladoras, hasta el 30 de septiembre de 2019 inclusive.

      4.2. Las solicitudes se presentarán de la siguiente forma:

      En el caso de las personas jurídicas las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (www.navarra.es) siendo necesario para identificarse disponer de certificado digital o de DNI-PIN.

      En este supuesto, si la solicitud se presenta de cualquier otra forma distinta a la señalada anteriormente, ésta se tendrá por no presentada, sin perjuicio de que pueda presentarse dicha solicitud posteriormente de forma telemática. En este último caso, la única fecha de entrada válida será la fecha de presentación telemática.

      En el caso de las personas físicas, las solicitudes se presentarán preferentemente de manera telemática conforme a lo señalado en el párrafo anterior o, en su defecto, presencialmente en la Oficina del Registro ubicada en la Calle Navarrería 39 de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de...

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